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Durante esta etapa la victima se hacia justicia por su propia mano, es decir, el afectado ocasiona a su ofensor un daño similar al recibido.
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Es la forma mas primitiva de la convivencia porque el hombre en lo individual y frente a las situaciones presentes.
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Es el castigo impuesto a quien ocasiona un daño, en virtud de la ofensa ocasionada a una divinidad.
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Aparece el sacerdote, el chaman, el brujo, etc. quien se constituye en consejero del líder y en puente de comunicación entre la deidad y los hombres.
El hecho considerado como delito seria sancionado en nombre de la divinidad para que esta evite la ora o bien para que se recompense la autoridad del mando divino. -
Es un acto de venganza ejercido por el Estado, en representación de la victima.
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Aparecen dos jurisdicciones, la mágica religiosa, y la política; es decir, la justicia eclesiástica y la ordinaria civil. Existen reacciones penales tanto para los pecados como para los delitos y ahora la expropiación de la fuerza de la comunidad se da en estas dos instancias.
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Surge como una respuesta a la etapa anterior del Derecho penal, en la que se pretende dar un giro radical a los castigos excesivos impuestos por el Estado.
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El periodo de humanización de las penas se presenta como una de las consecuencias del iluminismo europeo, fundamentalmente francés, ingles, alemán, italiano o español, constituido en lo general, por un cuestionamiento crítico acerca de la concepción del Estado absolutista, que habría de llevar a la formulación del nuevo concepto de Estado de Derecho en sentido moderno.
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En esta etapa se profundiza en el estudio científico respecto al crimen, al criminal y a la criminalidad.
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Arranca desde el triunfo de la Revolución Francesa y se ha ido perfeccionando hasta el que hacer actual que desarrollan las naciones en el marco de un Derecho Penal propio de un Estado Social y Democrático de Derecho.