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En esta etapa fue el impulso de la defensa o la venganza de todas las actividades provocadas por un ataque injusto. Surgió lo que se conoce como la ley del talión, que no fue otra cosa, sino una medida moderadora, pues sólo se le reconocía al ofendido el derecho de causar un mal de igual intensidad al sufrido.
OJO POR OJO- DIENTE POR DIENTE -
Concepción de derecho y religión como un solo derecho a castigar, proviene de la divinidad, el delito constituye una ofensa a esta.
No se castigaba al culpable para satisfacer al ofendido, sino para que aquél expiase la ofensa causada a Dios con su delito. -
Cero impunidad, sus penas eran crueles e inhumanas.
Los crímenes en el sistema de justica azteca eran severamente castigados. A su vez, el tipo de castigo dependía del crimen que se llevase a cabo; sin embargo, la forma de castigo más común era la ejecución. -
Las ejecuciones se hacían según las conveniencias políticas y económicas del momento, se hacía en el nombre de Dios y de la Corona.
Castigos: horca, decapitación, hoguera -
En esta etapa se hace distinción entre delitos públicos y privados, donde los tribunales juzgan en nombre de la colectividad.
El Estado se traspasó a órganos especiales el arreglo imparcial de las penas arrancándolo a los ofendidos y
limitando su derecho a la venganza. Se organizó todo un sistema probatorio y la pena se fue objetivando e independizando del sujeto que la señalaba, e incluso del que la ejecutaba. -
Principal exponente: Cesar Becaria
Surge por desterrar las prácticas inhumanas, surge la declaración universal de los derechos del hombre y empiezan a ser respetados e iniciados los juicios justos para los delincuentes, en este periodo se desechó la venganza y se procuró el cambio de las penas que eran atroces por otras más suaves. -
Surgen las primeras clasificaciones en materia penal
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Surge el principio "nullum crime sine lege", no hay crimen sin ley, no hay pena sin ley (Kant).
En esta el delincuente es el objeto de la máxima preocupación científica de la justicia. El delito es una manifestación de la personalidad del delincuente y hay que readaptar a éste a la sociedad corrigiendo sus inclinaciones viciosas. La pena como sufrimiento carece de sentido; lo que importa es su eficacia. -
Esta teoría fue el punto de arranque de la teoría del delito, nace la dogmática jurídico penal y los elementos integradores del delito: antijuricidad, culpabilidad y punibilidad.