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Es en los primeros tiempos de la humanidad. El hombre actúa por instinto para protegerse a sí mismo y a su familia. El castigo se depositó en manos de los propios particulares; de modo que si alguien sufría un daño tenía derecho a tomar revancha y, por tanto, reprimir al responsable. También llamada venganza de sangre,
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En esta etapa los problemas se proyectan hacia la divinidad como eje fundamental del Estado. En esta se estima que el delito es causa del descontento de los dioses, por lo tanto se juzga en nombre de ellos, y se pronuncian penas para disolver su ira.
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En el año 1430 los Aztecas hicieron una clasificación de los delitos.
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En el año 1521 el derecho penal fue adoptado por nuestro país.
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Es un acto de venganza, pero ejercida a través de un representante del poder público. Aquí simplemente se traslada la ejecución justiciera a alguien que represente los intereses de la comunidad.
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Esta etapa surge como reacción a la venganza intimidatoria; teológica y política, pugnando por que las penas fueran suavizadas.
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A raíz de la independencia de México surgen las primeras clasificaciones en cuanto a materia penal.
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Durante esta etapa se mantienen los principios de la etapa humanitaria pero se profundizan los estudios en cuanto al delincuente y al delito. El delito y el delincuente son vistos como un producto disfuncional de la sociedad.
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Sus principales conceptos básicos los siguientes:
1.- El punto central es el delito, hecho objetivo, y no el delincuente
2.- El método es deductivo y especulativo
3.- Sólo puede ser castigado quien realice un acto previsto por la ley como delito y sancionado con una pena
4.-La pena sólo puede ser impuesta a los individuos moralmente responsables (libre albedrío).
Su principal exponente es Francisco Carrara. -
1.- El punto de mira de la justicia penal es el delincuente, pues el delito no es otra cosa que un sistema revelador de un estado peligroso.
2.- La sanción penal, para que derive del principio de la defensa social, debe estar proporcionada y ajustada al “estado peligros” y no a la gravedad objetiva de la infracción.
3.- El método es el inductivo, experimental.
Sus principales exponentes son Cesar Lombrosio, Enrique Ferri y Rafel Garofalo -
Planteada en la tercera década del siglo XX, procuró seguir el análisis científico de la ley penal, intentando superar las condiciones que se apuntaban en los esquemas precedentes de la dogmática penal.
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Es la posterior a la escuela clásica y la positiva, aceptando los postulados de manera parcial, y por consecuencia se construye una postura ecléctica entre ambas.
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El Derecho Penal se estructura de manera tri-categorial, basado en el tipo de acción penal. Los principales exponentes fueron Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
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Sus exponentes son Roxin y Jacobs, y son los fundamentos en las maneras de prevenir de la comisión de delitos.
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Código penal de estado de Puebla conformado por Libro primero/normas penales.
Libro segundo/delitos en particular