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HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL

  • 1812 Constitución de Cádiz “La Pepa”

    1812 Constitución de Cádiz “La Pepa”
    Estuvo vigente del 1812 al 1837, con unos incidentes en el año 1814 y 1823 que explico posteriormente en el contexto histórico. Tenía una soberanía nacional y su principal derecho se basaba en la libertad. Su religión era confesional y poseía un sufragio indirecto. El parlamento era unicameral y el poder caía sobre las cortes. La forma de gobierno al crearse esta constitución era la monarquía.
  • CONSTITUCIÓN DE 1837

    CONSTITUCIÓN DE 1837
    Estuvo activa 8 años, desde el 1837 al 1845, su soberanía era nacional. Sus principales derechos se basaban en la libertad como en la de 1812. La religión, en cambio, ya reconoció su práctica en España. El sufragio era censitario, de un 2,2%. El parlamento era bicameral, quiere decir que las decisiones caían sobre el congreso y el senado. La forma de gobierno era la monarquía.
  • CONSTITUCIÓN DE 1845

    CONSTITUCIÓN DE 1845
    Duró desde 1845 hasta 1868. La soberanía recaía sobre el rey y las cortes. Igual que en las anteriores, el principal derecho en el que se basaba era en la libertad. En cambio, la religión era confesional. Había un sufragio censitario, de un 4,3%. El parlamento era bicameral, la toma de decisiones caía principalmente sobre el congreso y el senado. La forma de gobierno era la monarquía y su principal ideología era oligárquica.
  • CONSTITUCIÓN DE 1856

    CONSTITUCIÓN DE 1856
    Esta constitución no fue promulgada, por ello se le conoce también como constitución “non nata”. Su soberanía era nacional y tenía libertad de prensa. La religión era tolerada en España, el sufragio era censatario como en las anteriores. El parlamento también era bicameral (senado y congreso). La forma de gobierno era la monarquía y era de ideología liberal-progresista.
  • CONSTITUCIÓN DE 1869 (SEXENIO)

    CONSTITUCIÓN DE 1869 (SEXENIO)
    De soberanía nacional. Declaraba derechos como, derechos naturales, absolutos e ilegislables. Su religión era abierta y había total libertad de cultos. El sufragio era universal masculino, del 24-27%. El parlamento era bicameral, en él estaba el congreso (directo) y el senado (indirecto). Había una división de poderes y era una monarquía constitucional. Poseía un liberalismo radical. Había democracia e iniciaron una obra de la burguesía.
  • CONSTITUCIÓN DE 1873 (I REPÚBLICA)

    CONSTITUCIÓN DE 1873 (I REPÚBLICA)
    Esta constitución tampoco fue promulgada, así como la de 1856. Los derechos eran como la de 1869 (la anterior) en cambio, más democrática. La religión era totalmente libre. El sufragio era universal, así pues podían votar todos los mayores de edad. El parlamento era bicameral (congreso y senado). La forma de gobierno hubiera sido una república y su ideología habría sido republicana-democrática si el congreso y senado no la hubiera rechazado.
  • CONSTITUCIÓN DE 1876-1923 (RESTAURACIÓN)

    CONSTITUCIÓN DE 1876-1923 (RESTAURACIÓN)
    Su soberanía era del rey y las cortes. Sus principales derechos son iguales que en el sexenio de 1869 pero más regulados por leyes posteriores. Había tolerancia en cuanto a religión, también era confesional. El sufragio era mixto (caciques 5-27%).
    Con un parlamento bicameral, con un congreso (electivo) y un senado (sufragio censitario). No hubo división de poderes y fue una monarquía.
  • CONSTITUCIÓN DE 1931 ( II REPÚBILCA )

    CONSTITUCIÓN DE 1931 ( II REPÚBILCA )
    Duró sólo tres años, del 1931 al 1936. Su soberanía era popular y los derechos defendidos eran los mismos que en el sexenio de 1869. Religión no confesional y sufragio universal. El parlamento era unicameral, solamente estaban las cortes. Sí había división de poderes y su forma de gobierno era una república.
  • 1978 (TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA)

    1978 (TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA)
    Es la constitución actual. Su soberanía es nacional. Los principales derechos que defiende son. Derechos civiles, políticos, sociales económicos y culturales. El sufragio es universal , en cuanto a religión, es no confesional. El parlamento es bicameral, compuesto por el congreso y el senado. La forma de gobierno es la monarquía constitucional. Algunas características más : Consenso de partidos democráticos, estado en todas las autonomías y un posee un tribunal constitucional.