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Se realizaron varios intentos para organizar bancos en El Salvador, pero muchos de ellos fallaron. Entre los diferentes proyectos se encontraban el Banco del Salvador, un banco de emisión, depósito y descuento, cuyo fundador, el Señor William Francis Kelly, contaba con el apoyo del Gobierno. El intento fue fallido.
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Empezó a funcionar el Banco Internacional de El Salvador como banco privado emisor de billetes. El banco fue fundado mediante un contrato entre el Ministro de Hacienda, don Pedro Meléndez y don J. F. Medina, el 5 de abril de 1880. Tenía la facultad de emitir billetes de curso legal, pagados a la vista y al portador. Le fue concedida la facultad de emisión exclusiva por 25 años.
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El Banco Salvadoreño, que había nacido en 1885 con el nombre de Banco Particular de El Salvador, fue creado por una concesión del Ministerio de Fomento a los señores Mauricio Duke y Francisco Camacho. A éste también se le dio la facultad de emitir billetes pagaderos a la vista al portador y se le autorizó para negociar con el Banco Internacional su permiso para que sus billetes tuvieran curso legal. Fue en 1891 que cambió su nombre a Banco Salvadoreño.
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El Banco Occidental nació en noviembre de 1889. Fue fundado por don León Dreyfus y don Emilio Álvarez y funcionaba en Santa Ana. También obtuvo la facultad de emitir billetes pagaderos a la vista y al portador.
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El Banco Agrícola Comercial fue fundado en 1895, por los señores José González Asturias y Rodolfo Duke. A éste se le facultó para emitir billetes al portador, al igual que a los otros bancos fundados anteriormente.
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Pero en abril de 1898, por acuerdo de su Junta General se puso en liquidación el Banco Industrial de El Salvador, que había nacido en junio de 1895.
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Para 1898 funcionaban en el país cinco bancos: el Banco Internacional, el Banco Salvadoreño, el Banco Occidental, el Banco Industrial y el Banco Agrícola Comercial.
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La situación económica del país no era muy buena y no daba señales de mejoramiento, por lo que la Asamblea Nacional decretó una Ley Moratoria que establecía que los billetes en circulación de los bancos emisores serían recibidos a la par de la moneda nacional de plata, en pago de las rentas internas del Estado, y se establecía la inconvertibilidad de los billetes. El Gobierno continuó haciendo esfuerzos para superar la crisis que hacía peligrar las actividades de los bancos establecidos.
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También en 1898 se promulga la primera Ley de Bancos de Emisión, que fue reformada en 1899.
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El colapso mundial de 1929 que hizo necesaria la revisión del sistema crediticio salvadoreño y que dio origen a un plan de reforma por parte del Gobierno, fue la razón principal para la creación del Banco Central. Asimismo, la creación del Banco tenía la finalidad de organizar mejor y más sólidamente la economía pública y privada, mediante estabilización de la moneda y la regulación del crédito.
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A principios de la década de 1930, funcionaban tres bancos locales con privilegio oficial de emisión de billetes al portador. Estos eran los Bancos Salvadoreño, Occidental y Agrícola Comercial y existía una sucursal del Banco de Londres y América del Sud Limitado.
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En diciembre de 1934, se emitió el Decreto Legislativo que contiene la Ley del Banco Hipotecario de El Salvador, definiéndole como objetivos: efectuar préstamos con garantía hipotecaria de bienes inmuebles y emitir sus propias obligaciones en forma de cédulas, certificados u otros títulos.
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El 19 de junio de 1934, el Banco Agrícola Comercial se convierte en Banco Central de Reserva de El Salvador, centralizándose la emisión de billetes. El Banco Central nace como una sociedad anónima de economía mixta, en la que participaron los bancos que dejaron de ser emisores, la Asociación Cafetalera de El Salvador y accionistas particulares.
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En enero de 1935, fue firmada la escritura de constitución del Banco Hipotecario, como sociedad anónima, que por definición legal desempeñaría un servicio de utilidad pública. Su capital social fue integrado por el aporte de la Asociación Cafetalera de El Salvador, la Asociación de Ganaderos de El Salvador y accionistas particulares.
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Como primera providencia, en la Constitución Política de 1950, en el artículo 143 se estableció que "el poder de emisión de especies monetarias correspondía exclusivamente al Estado, el cual podrá ejercerlo directamente o por medio de un instituto emisor de carácter público". El Estado debería orientar la política monetaria con el objeto de promover y mantener las condiciones más favorables para el desarrollo ordenado de la economía nacional.
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La Constitución de 1950 aseguró como derecho anexo a la soberanía, la emisión de moneda y la dirección de la política monetaria. El cumplimiento de esta disposición constitucional exigía el cambio de carácter o el reconocimiento expreso del Banco Central como una entidad de servicio público.
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En 1952, el Gobierno del Coronel Oscar Osorio, utilizó los servicios de dos expertos del Fondo Monetario Internacional para investigar los siguientes puntos: si la capacidad financiera de El Salvador era suficiente para permitir un ritmo de desarrollo económico superior al que había tenido hasta entonces; y si deberían introducirse cambios de estructura y de orientación en el sistema bancario, a fin de que éste respondiera mejor a las necesidades de progreso del país.
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En 1960, se crearon instituciones que proveían de crédito para el fomento de los sectores. Así nacieron el Instituto Salvadoreño de Fomento Industrial - INSAFI- para financiar al sector industrial, el Banco de Fomento Agropecuario -BFA- con el fin de proveer financiamiento al sector agropecuario, la Federación de Cajas de Crédito -FEDECREDITO- y el Fondo de Financiamiento y Garantía para la Pequeña Empresa -FIGAPE- para facilitar el acceso al crédito a los pequeños y microempresarios.
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En 1961, se decretó la Ley de Reorganización de la Banca de la Nación, que convertía al Banco Central de Reserva de sociedad anónima en entidad del Estado. Ese mismo año, en diciembre, se promulgó la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva de El Salvador. En ella, se le facultó para que realizara las funciones reguladoras y fiscalizadoras de las instituciones bancarias, a través de la Superintendencia del Sistema Financiero, que nació adscrita al Banco Central.
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La Ley del Banco Central de 1961 incorporó a la Superintendencia de Bancos al Banco Central de Reserva, y le concedió la máxima jerarquía. Sus atribuciones fueron definidas como: hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones aplicables a los bancos o instituciones financieras bajo su control; fiscalizar todas las operaciones y actividades del Banco Central; vigilar las emisiones de especies monetarias y las operaciones de impresión; y velar por la buena marcha de los bancos.
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En 1970, se decretó la Ley de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares LICOA con el objetivo de normalizar las operaciones de estas instituciones en aspectos que no estaban contemplados en el Código de Comercio vigente. La Ley definía a las instituciones de crédito como los entes intermediarios en el mercado financiero que actúan obteniendo fondos del público, por medio de los depósitos o la emisión, para colocarlos total o parcialmente en operaciones activas de crédito o inversión.
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En la década de 1970, el sistema financiero estaba constituido por bancos, asociaciones de ahorro y préstamo, instituciones oficiales de crédito y organizaciones auxiliares de crédito. Los bancos que operaban entonces eran: Cuscatlán, Agrícola Comercial, Salvadoreño, de Comercio, de Desarrollo, Mercantil, Internacional, Capitalizador, de Crédito Popular, Hipotecario de El Salvador y de Fomento Agropecuario, así como también sucursales de Citibank, N.A. y del Banco de Londres y Montreal.
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Posteriormente, a partir de la creación de la Junta Monetaria, en 1973, la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras pasó a depender directamente de la Junta.
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En agosto de 1973, el Ministro de Economía sometió a la consideración del Poder Legislativo, el proyecto de Ley de Creación de la Junta Monetaria. El objetivo de su creación fue dar cumplimiento al mandato constitucional contenido en el Art. 143, de la Constitución Política de 1950 y dotar al Estado de un organismo eficaz para orientar la política monetaria en función del desarrollo económico.
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como producto del problema de crisis económica y violencia que vivió el país entre 1980 y 1990 y de las graves deficiencias en los procesos de otorgamiento de créditos, la mora crediticia ascendía a más de US$434 millones, al 31 de diciembre de 1989. Esta situación había repercutido fuertemente en la liquidez y solvencia de las instituciones financieras.
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La nacionalización de la banca fue decretada el 7 de marzo de 1980 y tenía como objetivo promover una menor desigualdad en la distribución del ingreso y de la riqueza, mediante una nueva estructura de propiedad de las instituciones nacionalizadas, democratizar el crédito mediante la extensión de sus beneficios a los sujetos económicos que habían permanecido marginados y promover la utilización más racional del ahorro interno captado por el sistema financiero.
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Los bancos permanecieron nacionalizados por más de una década, hasta que en 1990 se dio paso a un Programa de Fortalecimiento y Privatización del Sistema Financiero en preparación a una nueva privatización de la banca.
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En 1990, uno de los problemas del sistema financiero era su estructura organizacional, estaba establecido como un régimen político y centralizado, donde el Gobierno dominaba el sistema en su conjunto, desde la formulación y ejecución de la política monetaria hasta la conducción administrativa de los bancos, que eran propiedad estatal. Esto permitía el otorgamiento de créditos fuera de competencia del Gobierno y estuviera orientado hacia sectores, grupos o personas con mayor poder político.
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En 1990, se comenzó a ordenar el mercado financiero aprobando la Ley de Casas de Cambio, la Ley de Saneamiento y Fortalecimiento de Bancos y Asociaciones de Ahorro y Préstamo, la Ley de Privatización de Bancos Comerciales y Asociaciones de Ahorro y Préstamo y la Ley Orgánica de la Superintendencia del Sistema Financiero...
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En mayo de 1991, se aprobó la nueva Ley Orgánica del Banco Central de Reserva de El Salvador. Los cambios radicales que trajo esta nueva ley a las funciones del Banco Central fueron: la prohibición de financiar directa o indirectamente al Estado (Art. 74); y la eliminación de la facultad para fijar el tipo de cambio y las tasas de interés, que desde entonces quedaron sujetas a las fuerzas del mercado.
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En 1993, después del saneamiento, fortalecimiento y privatización, los bancos e instituciones financieras que operaban en el país eran: Banco Agrícola Comercial, Banco de Comercio, Banco Cuscatlán, Banco de Desarrollo, Banco Salvadoreño y Banco Hipotecario; Financieras: Ahorromet, Atlacatl, Construcción y Ahorro, S. A. (CASA) y CREDISA. Además funcionaban el Banco Capital (de
capital extranjero) y Citibank N. A. (como sucursal del banco americano del mismo nombre). -
En mayo de 1994, fue creado el Banco Multisectorial de Inversiones y esta nueva institución se convirtió en la responsable de otorgar créditos al sector privado, a través del sistema financiero salvadoreño, asumiendo esa función que hasta esa fecha había desempeñado el Banco Central.
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En la reforma efectuada en 1999, en el Título Sexto, se crea el Instituto de Garantía de los Depósitos con el objeto de garantizar los depósitos del público hasta por la suma estipulada en el Art. 167 de la misma Ley, en el caso de disolución y liquidación forzosa de un banco miembro, así como también para contribuir con la reestructuración de bancos miembros con problemas de solvencia en defensa de los derechos de los depositantes y del propio Instituto.
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El 1 de enero de 2001, entró en vigencia la Ley de Integración Monetaria. Esta ley estableció que el dólar estadounidense sería moneda de curso legal en el país y estableció el cambio de ¢8.75 por un dólar. La entrada en vigencia de la Ley trajo cambios drásticos en el manejo de las cuentas por parte de los bancos. A partir de esa fecha, todas sus operaciones se denominaron en dólares americanos.
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Posteriormente, en agosto de 2002, se realizaron nuevas reformas a la Ley de Bancos, específicamente en los Arts. 7, 11, 20, 24, 33, 37, 40, 41, 45, 56, 57, 60, 72, 116, 121, 126, 133, 134, 143, 154, 162, 163, 166, 167, 169, 173, 174, 175, 176, 177, 190, 197, 202, 212, 224, 241, 248 adicionándose además, los artículos 166-A, 174-A, 177-A y 241-A.
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A diciembre de 2008, los bancos que operan en El Salvador son: Banco Agrícola (propiedad de Bancolombia); Banco Citibank de El Salvador, S.A.; Banco HSBC Salvadoreño, S. A.; Scotiabank El Salvador, S. A.; Citibank N.A., Banco de América Central S.A.; Banco Promérica S.A.; Banco Procredit S.A., Banco G&T Continental El Salvador, S. A.; First Commercial Bank, Banco Hipotecario de El Salvador S.A. y Banco de Fomento Agropecuario”.