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“Antes de la era cristiana” Se celebro un tratado de paz perpetua alianza y extradición entre un Faraón Egipto y el Rey de los Hititas.
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Acursio redacto su Glosa al primer título del Codex la cual contenía una constitución “Cunctos Populos” la cual sometía a los pueblos gobernados por el emperador a la religión católica. A esta glosa se le atribuye haber reconocido por primera vez la extraterritorialidad de las leyes y por ende se le conoce como la génesis del DIPr.
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Con el Auge de ferias y mercados europeos se acrecentó el intercambio comercial dando origen esta ley. Tuvo su origen en el
problema de que el derecho civil no era lo suficientemente sensible a las demandas crecientes de comercio: era necesario para una rápida y eficaz la competencia, administrada por tribunales especializados. -
Lo más característico de la escuela es la lucha entre Dumoulin, que trata de extender a toda Francia el Estatuto de Paris, y Bertrand d´Argentre, noble de Bretaña que combatía la absorción de esta provincia (Bretaña por Francia), proclamando para ello, la estricta territorialidad del derecho y sus costumbres
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ºBurgundus proclama la territorialidad de las leyes excepto las referentes a estado y capacidad. Se aplica la extraterritorialidad
de la ley en cuanto estado y capacidad como una necesidad de hecho y como cortesía o conveniencia internacional.
•Rodenburg explica la extraterritorialidad de las leyes sobre estado y capacidad como una necesidad de hecho. -
Se caracterizo por la intensificación de las relaciones entre ciudades debidas sobre todo al renacimiento del comercio.
De igual manera, se caracterizo por una diversidad legislativa nacida de la autonomía de las ciudades ya que cada ciudad tenia su propio ordenamiento jurídico. -
Los principios de igualdad y soberanía de los Estados seguían desarrollándose a lo largo del siglo XIX, hasta consolidar un panorama internacional de unidades políticas que reafirmaban celosamente su identidad diferencial y su autonomía jurídica
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Nace el conflicto de leyes en el sentido que le damos hoy: conflicto en la aplicación de las leyes de distintos Estados. No obstante,
subsiste el conflicto interno en distintos países. Así, la unificación jurídica francesa no se produjo hasta la Revolución, mientras que en Gran Bretaña y en Estados Unidos no se ha producido nunca, como
tampoco en España. -
La sustitución del principio de legitimidad por el de nacionalidad, culmina la dinámica de un cambio que alteraría primordialmente las concepciones en torno a la vocación reguladora de cada ordenamiento jurídico, así como el poder de las normas
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La revolución metodológica que se produjo en la Alemania del XIX y el fenómeno codificador produciría una profunda alteración en el objeto de estudio y un correlativo cambio metodológico en el análisis doctrinal del Derecho internacional privado
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Es la tesis que propugna la utilización del método positivo, es decir, de observación de la realidad consistente en las normas de Derecho Internacional Privado vigente en los distintos estados.
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Se desarrollan durante el siglo XX y han supuesto una revolución en el Derecho Internacional Privado, ya que algunos autores establecen que las soluciones de las normas de conflicto clásicas son enormemente rígidas, ya que, para cada campo concreto contienen una solución que el juez aplica mecánicamente al caso
concreto, sin comprobar si el criterio utilizado por el legislador -
Una respuesta inmediata está dada por la constatación de que la
globalización implica un mundo crecientemente interconectado en
múltiples ámbitos, en gran medida, debido a la revolución tecnológica informática, ligada fundamentalmente a las telecomunicaciones y sistemas cibernéticos, en una suerte de tercera revolución industrial -
Moldeado según las características del poder y de la sociedad internacional de esa época, se crea un derecho internacional centrado en las relaciones interestatales, basado en la coexistencia pacífica y marcado por el pluralismo ideológico