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El sistema de justicia azteca era altamente complejo. Estaba diseñado para mantener el orden en la sociedad y mantener el respeto por las instituciones de gobierno. Las leyes giraban en torno a la tradición.
Tenían sistemas de cortes, donde existían jueces que eran los responsables de hacer cumplir las leyes. El sistema permitía a los jueces actuar de manera un poco liberal, juzgando la situación de acuerdo a su propio juicio para luego aplicar las reglas tal como estaban descritas. -
Aunque las prácticas jurídicas en el derecho mexica fueron casi siempre consuetudinarias, las Leyes de Nezahualcóyotl y el Libro de oro, entre otros que fueron destruidos durante la conquista y evangelización española. Para los aztecas la venganza privada estaba prohibida. Hubo distinción entre delitos dolosos y delitos culposos, se separaron las infracciones respecto al bien jurídico afectado, por ejemplo, entre los delitos contra la vida se incluyeron el homicidio y las lesiones.
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En el pueblo azteca existía una división social en dos clases fundamentales: los macehuales y los pipiltin (1), a las cuales se pertenecía por cuestión de nacimiento. Los macehuales eran la clase trabajadora macehualli, en náhuatl significa el que hace merecimientos o penitencia y sus miembros se dedicaban generalmente a la agricultura. La instrucción para ellos se impartía en las escuelas llamadas Tepochcalli, donde recibían educación genera
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La jerarquía de los tribunales aztecas comunes comenzaba en el tecuhtli (juez de elección popular anual) el cual era competente para conocer asuntos menores. De instancia superior era un tribunal de tres jueces vitalicios para cuestiones de mayor relevancia, los encargados de impartir justicia en ese cuerpo colegiado eran nombrados por el cihuacoatl, hasta llegar, mediante un sistema de apelación, al tribunal del monarca, que se reunía cada veinticuatro días.
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Los principios rectores del proceso criminal azteca permitían que al noble se le tratara con mayor energía que al desposeído pues se consideraba obligación natural del poderoso ser ejemplo para los demás, sobre todo en su forma de conducirse ante la comunidad, equiparándose al ebrio que era mal ejemplo para los niños.
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Los tribunales ordinarios en la Nueva España eran los siguientes: en primera instancia variaba en razón de la población en donde se administrase justicia, así, en un municipio ordinario el juez de primera instancia era el alcalde; en una alcaldía mayor, el alcalde mayor; en un corregimiento, el corregidor; en una gobernación, el gobernador (después de instaurado el régimen de intendencias en 1786, estos tres últimos fueron sustituidos por intendentes, delegados y subdelegados)
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Se desata la epidemia de Matlazahuatl entre la población, sobre todo el indígena
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Se calcula que la ciudad tiene una extensión de 210 hectáreas
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Se crea el plano de la ciudad, mostrando la catedral sin torres, además se reporta que la casas a pesar de ser de piedra, están ricamente pintadas y con detalles dorados.
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Llega a la ciudad el primer contingente de ejército regular española la nueva España comandado por el coronel Juan de Villalba con 3500 efectivos
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Se inició por un golpe de estado por parte de los peninsulares al virrey Iturrigaray, por el simple hecho de que estos apoyaban a los criollos autónomos de México.
Por otra parte, Valladolid y Querétaro hicieron que los criollos estuvieran presentes y se evidenciaran, debido a que el gobierno no permitía que estos se expresaran sin llegar al encarcelamiento, exilio o pena de muerte. -
El cura Miguel hidalgo es el responsable de lanzar el 16 de septiembre el Grito de los Dolores, iniciando así la independencia.
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La guerra de independencia, freno su proceso ya que lo mas importante era darle una organización política a la nación, así en el siglo XIX proliferaron documentos constitucionales, y así la legislación civil tuvo que esperar. MEXICO INDEPENDIENTE otro obstáculo fueron los constantes cambios en las formas de gobierno, que provocaban inestabilidad política,
La importancia de la ley asi como sus efectos y las
reglas generales para su aplicación de este titulo y sus
21 artículos. -
La constitución de Cádiz entro en vigor en España siendo esta la consecuencia de un levantamiento armado en la nación.
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Se da por terminada la indepencia de México