Pena ley derecho penal

Evolución de las ideas penales

  • Venganza Privada
    1 CE

    Venganza Privada

    Conocida como época bárbara, donde cada grupo, familia e individuo se hace justicia por sí mismo.
    El peor castigo fue el destierro. -Imagen:The gungs of NY(1800)
  • La ley de Tailón
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    La ley de Tailón

    Es el principio jurídico de justicia donde se establece un castigo reciproco al crimen cometido. El código Hammurabi es un conjuntos de leyes de la Antigua Mesopotamia que hace uso de la Ley del Tailón. -Imagen: Código Hammurabi, Exhibición en el Museo de Louvre.
  • Blutrache
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    Blutrache

    En derecho germánico, era la venganza de sangre que tomaba una Sippe(colectivo) en contra de algún individuo que hubiese dañado a uno de sus integrantes. -Imagen: Ejemplo de la Sippe, Conjunto Colectivo Germánico.http://www.datuopinion.com/sippe
  • Venganza Divina
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    Venganza Divina

    Característica de los pueblos teocráticos, donde el derecho y la religión se unen y se establece una pena con el fin de castigar y de borrar el ultraje que los delitos cometen contra la divinidad misma. Imagen: Los diez mandamientos de la Ley de Dios.
  • Venganza Pública
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    Venganza Pública

    En esta etapa el delito se divide entre público y privado.
    Las penas son aplicadas con extrema crueldad y tortura como principal característica.
    La desigualdad en la administración de justicia entre nobles y plebeyos es notoria y significativa. -Imagen: Herramientas de tortura de la Santa Inquisición.http://ateoyagnostico.com/wp-content/uploads/2010/08/image002.jpg
  • Malleus Maleficarum
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    Malleus Maleficarum

    Se considera el tratado más importante que se haya publicado en el contexto de la persecución de brujas y la histeria brujeríl del Renacimiento. -Imagen: Malleus maleficarum, Lyon 1669
  • Periodo Humanitario

    Periodo Humanitario

    Establece la proporcionalidad entre el delito y la pena, dando a conocer que el sistema existente no cumplía con los fines de seguridad y re-adaptación.
  • Cesar Beccaria

    Cesar Beccaria

    Cesar Beccaria Milán,(15 de marzo de 1738 - ibídem, 28 de noviembre de 1794).
    Este autor sostenía la abolición de la pena de muerte, la cual ni impide los crímenes ni es preventivo y para él el orden publico se conseguía más por la certeza de la pena que por su severidad -Imagen: Cesare Beccaria en su obra Dei delitti e delle pene (última edición).
    https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Cesare_Beccaria_in_Dei_delitti.jpg
  • Periodo Científico

    El derecho pasa a ser objeto de estudio y se crean diversas teorías sobre el derecho de castigar y la necesidad de hacerlo.
  • Emmanuel Kant

    Emmanuel Kant

    "Nullum crime sine lege, nulla poena sine lege"- No hay crimen sin ley, no hay pena sin ley.
  • Romagnosi

    Romagnosi

    Gian Domenico Romagnosi fue un filósofo, jurista, economista, físico, político italiano que fue conocido por estudiar el derecho de la defensa y diferenciaba la potestad y la necesidad de castigar con el único fin de conservar el orden social.
  • Friedrich Hegel

    Friedrich Hegel

    Friedrich Hegel fue un filósofo alemán,autor de la obra Filosofía del derecho (1821), consideraba que la pena era la negación de la negación del derecho.
  • Escuela Clásica

    Escuela Clásica

    Es un movimiento jurídico filosófico que encuentra sus bases en el derecho natural pero también acepta leyes hechas por el hombre.
    Como principales características tuvo a la igualdad, el libre albedrío, la entidad del delito, imputabilidad moral, la proporcionalidad y definía al delito como una estructura integrada por un sujeto imputable, acto moral que causa daño social y está prohibido en la ley.
  • Francesco Carrara

    Francesco Carrara

    Francesco Carrara (Lucca, 1805 - 1888).
    Representante de la escuela clásica del derecho penal italiano y se distinguió por su oposición a la pena de muerte en su obra principal, en diez volúmenes, fue Programma del corso di diritto criminale, Programa del curso del derecho criminal.
    • Retrato de Francesco Carrara (1805–1888).
  • Escuela Positiva

    Escuela Positiva

    La escuela positiva parte de la concepción determinista del hombre y se rechazaba el libre albedrío y la responsabilidad moral.El delito es considerado solo un síntoma de un estado afectado por factores físicos, químicos, biológicos, psquicos y morales y establece que la pena debe ser reciproca a la peligrosidad del delincuente.También hace uso de la experiencia y observación. -Marco Lombroso representante italiano del positivismo criminológico.
  • Rafael Garofalo

    Rafael Garofalo

    Acuñó, en 1885, el término criminología, en su obra "Criminología: estudio sobre el delito, sobre sus causas y la teoría de la represión". -Imagen: Rafael Garofalo (Nápoles, 18 de noviembre de 1851 – Ibídem, 18 de abril de 1934).
  • La Tercera Escuela

    La Tercera Escuela

    Es una postura ecléctica entre la escuela positiva y la clásica. En esta se admite la negación del libre albedrío y distingue entre delicuentes putables e imputables. La pena tiene como fin la defensa social y la pena es de naturaleza psicológica.
    Como Principales representantes a Alimena y Carnevale.
  • Sistema Causalista

    Sistema Causalista

    Este sistema utiliza el método naturalístico y percibe al delito como una acción. Hace uso de la definición escrita en el Código Penal Alemán 1871 donde el delito es la acción sancionada por las leyes.
    Reconoce a los elementos integradores del delito al acto humano, la antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad.
    -Imagen: Deutsche Reichsgesetze 1871(Código alemán 1871).
  • Franz von Liszt

    Franz von Liszt

    Franz Ritter von Liszt fue un jurista y político alemán de origen austríaco, conocido por sus aportes en el campo del Derecho Penal y del Derecho Internacional Público.
    Sus principales obras fueron:
    Tratado de derecho penal alemán (1881).
    La idea de fin en el derecho penal (1882).
    Derecho Internacional Público (1898). -Imagen:
  • Sistema Finalista

    Sistema Finalista

    Considera el obrar orientado a un fin, es decir, la conducta humana es el ejercicio de una acción con un final ya definido y un plan orientado al mismo. -Imagen: La conducta humana.
    https://www.emaze.com/@AZFTFCRI/La-conducta-humana
  • Otto Hellmuth von Weber

    Otto Hellmuth von Weber

    Fue un alemán jurista y criminólogo que establece al deber y al poder como características respectivas de la antijuricidad y la culpabilidad.
    Fue autor de obras como: La justicia penal internacional , 1934a Berlín,La protección del estado,1951.
    La sentencia judicial ,1956.
    -Imagen: Escrito de Von Weber "Reich und Zeit", Derecho y tiempo.
  • Funcionalismo

    Funcionalismo

    Este sistema usa el modelo lógico matemático y se enfoca en la prevención del delito. Günther Jakobs, jurista alemán, especializado en derecho penal que define al delito como injusto, y éste es el comportamiento típico evitable que no está justificado.“Las estructuras del delito dependen de los fines y funciones que cumple el derecho en la sociedad" (Jakobs, 1995:48).
    -Imagen: Günther Jakobs 1967.
    “Las estructuras del delito dependen de los fines y funciones que cumple el derecho en la sociedad.