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DESARROLLO DEL DERECHO BANCARIO Y BURSATIL

  • 1554

    ORDENANZAS PARA EL PRIOR Y CÓNSULES DE LA UNIVERSIDAD DE LOS MERCADOS DE LA CIUDAD DE SEVILLA

    Aprobadas por el Rey Carlos I en 1554, que se aplicaban para normar los seguros que contrataban los españoles en sus viajes de ida y vuelta a las Indias
  • LEY DE ORDENANZAS DE MINAS

    En su Título XV, se ocupa de la primera institución de crédito denominada Banco de Avío de Minas (1774), destinada a otorgar préstamos refaccionarios a la minería.
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    ANTECEDENTES DE LA REGLAMENTACION DE LOS BANCOS

    Los antecedentes para regular los seguros y los bancos en México, se encuentran respectivamente en las ordenanzas siguientes:
    • Las "Ordenanzas para el Prior y Cónsules de la Universidad de los Mercados de la Ciudad de Sevilla", aprobadas por el Rey Carlos I en 1554,
    • Ley de Ordenanzas de Minas de 1783 que, en su Título XV, se ocupa de la primera institución de crédito denominada Banco de Avío de Minas (1774), destinada a otorgar préstamos refaccionarios a la minería.
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    REGLAMENTACION DE LAS ENTIDADES BANCARIAS , EN LAS LEGISLACIONES MERCANTIL Y CIVIL

    La legislación mercantil y civil reguló durante algún tiempo las entidades financieras, esto en virtud de que las condiciones políticas, económicas y culturales de la época no hicieron sentir la necesidad de la existencia de una rama especial que se ocupara de la actividad financiera.
  • ESTABLECIMIENTO DE UNA BOLSA MERCANTIL

    Por Decreto de 19 de octubre de 1887, se aprobó el contrato celebrado el 21 de mayo, entre el Gobierno Federal y los señores Aspe Labadie para el establecimiento de una Bolsa Mercantil
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    DERECHO ESPECIAL PARA LAS ENTIDADES DE BANCOS

    Las entidades financieras de seguros, fianzas, bancos y almacenes generales de depósito se regulan por primera vez en ordenamientos especiales a finales del siglo pasado, en virtud de su especialidad y crecientes exigencias impuestas para su explotación profesional, las cuales ya no se satisfacían adecuadamente con las fórmulas elementales de los Códigos de Comercio y Civil.
  • LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

    Esta primera ley bancaria tenía como objetivo principal poner fin a la anarquía reinante en materia de billetes de bancos, al regular en toda la República, la autorización, el establecimiento y las operaciones de los bancos de emisión, hipotecarios y refaccionarios.
  • BASE LEGAL PARA LA CREACIÓN DEL BANCO DE MÉXICO

    La etapa revolucionaria provocó serios desajustes financieros y monetarios ya que, además de los bancos, prácticamente te todos los grupos y fracciones en pugna emitían su propio dinero.
  • LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS

    instauró mayores controles sobre la actividad bancaria; señaló los tipos de instituciones que integraban el sistema: Banco Único de Emisión; Comisión Monetaria; bancos hipotecarios, industriales, de depósito, descuerno además, estableció por primera vez la necesidad de vincular la función crediticia con la atención de los problemas nacionales.
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    LEGISLACION BANCARIA

    La evolución de la legislación bancaria la hemos dividido en tres etapas:
    Marco jurídico del sistema de banca privada, 1897 a 1982.
    Marco jurídico del sistema de banca nacionalizada, 1982-1990.
    Marco jurídico del sistema de banca reprivatizada, 1990-2002.
  • LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS

    Originó el moderno sistema bancario tendiente a aumentar la concepción del crédito hasta comprender en él todas las actividades de producción del país; suprime los bancos industriales, y sus operaciones pasan a formal' parte de los bancos refaccionarios; se adicionan las cajas de ahorro, almacenes generales de depósito y las compañías de fianzas; se regula por primera vez a los bancos de fideicomiso.
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    LEGISLACION BURSATIL

    REGLAMENTACIÓN EN LA LEGISLACIÓN BANCARIA Y OTROS ORDENAMIENTOS 1926-1975 El mercado de valores estuvo regulado durante mucho tiempo en leyes bancarias y es hasta 1975 cuando se expide la Ley del Mercado de Valores.
  • LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CREDITO

    Abandonó el principio de especialización estricta de las instituciones. por otro de especialización real, con arreglo a lo cual, los recursos proceden les de cada grupo de operaciones pasivas debían invertirse en operaciones activas de crédito de naturaleza correspondiente a su origen.
  • LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CREDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES

    Entre las modificaciones y adiciones que tuve este ordenamiento. son de especial importancia las siguientes:
    • Reconocimiento de los grupos financieros.
    • Desarrollo internacional de la Banca Mexicana
    • Banca Múltiple
  • LEY DEL MERCADO DE VALORES

    En el Diario Oficial de la Federación del 2 de enero de 1975, se publicó la Ley del Mercado de Valores, con este ordenamiento, el mercado bursátil adquirió su propio marco jurídico.
  • REFORMAS CONSTITUCIONALES

    El Ejecutivo Federal sometió a la consideración del H. Congreso de la Unión, una iniciativa de reformas a los articulas 28 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de restablecer el régimen mixto en la prestación de servicio de banca y crédito.
  • REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO

    Dicho ordenamiento ha sido reformado y adicionado en diversas ocasiones, con los objetivos siguientes:
    Fortalecer capital de las instituciones de crédito.
    Desregular actividades (comisionistas).
    Incorporar nuevas operaciones (arrendamiento).
    Incorporar nuevas entidades financieras.
    Proveer al buen funcionamiento del sistema de pagos
    Prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado el lavado de dinero.
    Entre otros.
  • REFORMAS Y ADICIONES 2002

    • ARBITRAJE REGULATORIO
    • MERCADO PRIVADO
    • AUTORREGULACIÓN:
    • DESMUTUALIZACIÓN DE LAS BOLSAS
    • CERTIFICADO BURSÁTIL
    • CONTRAPARTES CENTRALES
    • GOBIERNO CORPORATIVO DE CASAS DE BOLSA
    • SECRETO BURSÁTIL