Talion

DERECHO PENAL A TRAVÉS DE LA HISTORIA (Lourdes Mora)

  • Period: 2200 BCE to 2000 BCE

    ÉPOCA PRIMITIVA

    En la mentalidad del hombre más primitivo, cuando todavía no existía el Derecho, se desconocía toda relación causal, estaba en absoluta incapacidad de explicar los fenómenos mediante el conocimiento racional de las leyes de la naturaleza.
    Es en una etapa posterior cuando aparece el tabú, que se considera el más antiguo de los Códigos no escritos de la humanidad. Entre las formas primitivas de punición están:
    • La Venganza Privada Absoluta,
    • La Venganza De Sangre y
    • La Expulsión De La Paz
  • 2100 BCE

    Código de Ur-Nammu

    Código de Ur-Nammu
    2100-2050 a. C. Código de Ur-Nammu (Mesopotamia). Primer código jurídico escrito que se conoce. Se basaba en un sistema jurídico que establecía jueces especializados, el testimonio bajo juramento y la facultad de los jueces de ordenar al culpable la indemnización de perjuicios.
  • Period: 2000 BCE to 1700 BCE

    VENGANZA PRIVADA

    Venganza de la sangre o época bárbara. La función represiva está en manos de los particulares; la venganza no constituye un antecedente de la represión penal, sino sólo la actividad vengadora apoyada por la colectividad. Venganza Privada Absoluta: Reacción arbitraria, instintiva y desproporcional al daño material del autor como medio de defensa individual del ofendido contra el ofensor sin la intervención de autoridad pública.
  • 1900 BCE

    Venganza Individual

    Venganza Individual
    Consiste en que el ofendido realiza su venganza por mano propia, de manera desproporcional.
    El fin era la defensa individual. No había
    concepto de pena, sólo de daño. Corresponde
    a sociedades primitivas.
  • 1800 BCE

    Venganza Familiar

    Venganza Familiar
    El grupo familiar del afectado realiza el acto de justicia causando igual daño al ofensor. Venganza Privada Reglada: Reacción del grupo al que pertenece el ofendido buscando causar un daño en la misma proporción que el sufrido. Expulsión de la Paz: Destierro que sufre un individuo de su propio grupo tribal por transgredir reglas sociales de la tribu.
    Equivalía a la pena de muerte o la esclavitud porque ya no tenía grupo que lo proteja.
  • 1800 BCE

    La Ley del Talión

    La Ley del Talión
    Aprox. entre 1800-1400 a.C. El pueblo de Israel conocía el Talión, (Biblia en Éxodo), eran preceptos legales que debían regir la vida del Pueblo Elegido. El talión es la primera forma histórica de punición que supone la existencia de un poder público que aplica una equivalencia material entre el mal sufrido por la víctima y el inferido por el agresor. Este texto, constituye un conjunto de instrucciones legales necesarias para ordenar el pueblo judío de aquel momento.
  • 1766 BCE

    Dinastía Shang

    Dinastía Shang
    Entre los años 1766 a 1122 a.C. En China se distingue entre la intensión y los móviles del delito. Conocían las penas de: amputación de la nariz y las orejas, obturación de los orificios del cuerpo, incisiones de los ojos, la pena capital, etc. La Dinastía Chou que duró de 1122 al 240 a. C. Ya se preocupó para llegar a establecer castigos, aunque estos se diferenciaban de los castigos religiosos. Se sancionaba ya el pillaje con castigos corporales, por ejemplo se corte del dedo pulgar.
  • 1750 BCE

    Código de Hammurabi

    Código de Hammurabi
    Entre los años 1790-1730 a.C. Es el primer conjunto de leyes de la historia. En él Hammurabi enumera las leyes que ha recibido del dios Marduk. Regulaba la vida del Imperio babilónico. Hammurabi establece su Código laico. Dispone: Talión detallado, no hay venganza privada. Distingue entre dolo y culpa. Su importancia radica en establecer la aplicación de sanciones por parte de un organismo estatal específico, reemplazando la venganza privada y compilando las costumbres de los sumerios.
  • 1500 BCE

    Derecho Hebreo

    Derecho Hebreo
    Entre los años 1500 a 1300 a. C. aproximadamente. La fuente del Derecho penal hebreo gira en torno a la 'Legislación Mosaica', las normas penales se encuentran insertas en los libros denominados éxodo, levítico y deteuronomio en los cuales se pueden clasificar los delitos: 1.Contra la divinidad; 2.Contra sus semejantes; 3.Contra la honestidad; 4.Contra la propiedad; 5.Delitos de falsedad.
  • 1400 BCE

    Egipto

    Egipto
    El delito se caracteriza por su carácter religioso. El Derecho, la religión y la magia estaban confundidos en el llamado Derecho De Los Muertos, se llamaba así porque era una especie de diario donde se apuntaba todo lo malo y bueno que había hecho en vida el difunto. Esto era una forma de condena. El Edicto de Har-em-hab del siglo XV a. C. ya tipificaba el cohecho y el pillaje.
  • Period: 1300 BCE to 1 CE

    VENGANZA DIVINA

    Consiste en que el trasgresor de las leyes religiosas debe ser muerto por la comunidad para aplacar a los dioses.
    El fin de la pena es la expiación. El daño se
    confunde con el pecado. Se da en las sociedades teocráticas.
    La venganza divida se da en: Babilonia, Israel, China, Egipto, India y en el Kollasuyo.
  • 1280 BCE

    Código de Manú

    Código de Manú
    1280 a 880 aC. Recopilación escrita de normas jurídicas transmitidas de generación en generación. Constituía la base del sistema de castas de la India, que clasificaba a los individuos según su rango social. El castigo sólo se utilizaba como último recurso. Los miembros de las castas superiores eran castigados con más severidad que los de las inferiores.
  • 1275 BCE

    Los 10 Mandamientos

    Los 10 Mandamientos
    Establecen reglas, aunque sin sanciones —que si son vulnerados- serán castigados por la ira de Dios. En los citados mandamientos, no se menciona ningún precepto que ponga límite a la actividad estatal, por lo cual no se le puede considerar como documento que establezca principios de derechos, sin embargo, como antecedente religioso declara compromiso moral y respeto entre los individuos.
  • Period: 700 BCE to 100 BCE

    VENGANZA PÚBLICA

    Es la capacidad del Estado para aplicar penas al autor de un delito, el fin, es la intimidación. El daño se convierte en delito y la venganza en castigo legal. La infracción ya no se considera atentado contra la persona sino contra la sociedad. El Estado toma para sí la venganza. El Derecho Penal se propone corregir a los delincuentes, prevenir el delito y defender a la sociedad. La venganza pública en Grecia tiene dos etapas: Legendaria e Histórica.
  • 621 BCE

    Pensadores humanistas y Códigos entre 621 y 550 a.C.

    Pensadores humanistas y Códigos entre 621 y 550 a.C.
    621 aC. Código de Dracón (Atenas). Redactado por Dracón, era un código jurídico extremadamente severo. Disponían que sólo el estado tenía la potestad de castigar a las personas acusadas de crímenes.*590 aC. Código de Solón. Actualización y suavización del Código de Dracón. *560 aC. Buda, insta a la investigación, al entrenamiento mental, la disciplina ética.*550 aC. Confucio, insta a la buena conducta en la vida y al buen gobierno del estado, a la armonía social, el estudio y la meditación.
  • 530 BCE

    Derecho romano

    Derecho romano
    Cuando se funda Roma se mantiene el carácter sagrado de las penas, pues el jefe del gobierno civil y militar era también el jefe del culto religioso. Posteriormente se va afirmando el principio de la venganza pública ejercido por el poder político, el rey, es a su vez, sacerdote que tiene plena jurisdicción criminal.
  • 529 BCE

    El Código de Justiniano

    El Código de Justiniano
    Es una recopilación de constituciones imperiales promulgada por el emperador bizantino Justiniano, en una primera versión, el 7 de abril de 529, y en una segunda, el 17 de noviembre de 534. Este último forma parte del denominado Corpus Iuris Civilis. Lleva a cabo la codificación del derecho romano, el Corpus Juris Civilis. Muchas máximas jurídicas que todavía se emplean derivan de él. Se le debe la noción moderna de justicia e incluso la palabra misma.
  • 454 BCE

    La Ley de las XII Tablas

    La Ley de las XII Tablas
    La Ley de las XII Tablas o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. Fue el hecho de plasmar, por escrito en plena República Romana, de una forma legal y jurídica un antiguo derecho consuetudinario, ya existente en tiempos pasados para la convivencia entre patricios y plebeyos, igualando sus derechos.
  • 380 BCE

    San Agustín de Hipona

    San Agustín de Hipona
    (354-430) El hombre dejó de ser ya parte del todo político y de participar necesaria e indistintamente en su destino, para gozar de independencia incluso frente a la comunidad misma.
    Estas ideas fueron desarrolladas por los padres de la Iglesia, tanto griegos como latinos y, especialmente, por el gran obispo de Hipona, San Agustín quien en su "Ciudad de Dios" trazó el amplio panorama de la humanidad en su ascensional hacia su destino eterno.
  • 350 BCE

    Código de Li Kui

    Código de Li Kui
    350 a. C. Código de Li Kui. Primer código imperial de China. Contiene disposiciones sobre el hurto, el robo, la prisión, la detención y otras normas generales. Sirvió de modelo para el posterior código Tang.
  • Period: 1 CE to 600

    VENGANZA DIVINA (2da. ETAPA)

    En la etapa histórica después de Cristo, las instituciones teocráticas toman gran relevancia en la historia de la humanidad. Algunos pueblos se convirtieron al cristianismo y como resultado de esto, el delito es conceptualizado como pecado y es necesario expiar esos pecados por medio de la pena impuesta por un ser Supremo. La venganza entonces se torna divina y por eso los jueces y tribunales juzgan en nombre de las conductas que dañan a esa divinidad.
  • 36

    San Pablo (discípulo del Cristianismo)

    San Pablo (discípulo del Cristianismo)
    “El Apóstol de las naciones”, o “El Apóstol de los gentiles”. A partir de la aseveración enérgica de san Pablo de que ya no hay esclavos ni hombres libres, sino que todos son hermanos en Cristo Jesús, los hombres ya no serían cosas ni objetos de posesión por los otros hombres, sino verdaderos ciudadanos, libres e iguales del reino de Dios, (la idea de la dignidad del hombre como persona, ser racional y libre, con un destino individual, distinto y superior al de la comunidad).
  • 568

    Concillio de Toledo

    Concillio de Toledo
    El VIII Concilio de Toledo (653) en el cual se encuentran algunos esbozos de los derechos que se reconocen a los súbditos frente al poder de los reyes y príncipes. Debe recordarse que en el reino de Toledo (568-711) tiene raíces y, en tal sentido, una amplia tradición jurídica, como lo prueba el conocido fuero juzgo.
  • 600

    Mahoma

    Mahoma
    570 Nacimiento de Mahoma, fundador del Islam (considera a Jesús de Nazaret un profeta; se basa en la profesión de fe, la oración, la limosna, el ayuno -ramadán- y la peregrinación a La Meca). Es el profeta y fundador del Islam. Nacido en La Meca, la mayor parte de sus primeros años transcurrió como comerciante. A los 40 años, comenzó a tener revelaciones de Alá que se convirtieron en la base del Corán y la base del Islam.
  • 700

    Derecho Canónico

    Derecho Canónico
    Tuvo vigencia en la Edad Media, sus ideas se sintetizan contra la concepción objetivista del delito dando significado al elemento subjetivo de la infracción; se exigió que en todo delito se diera el ánimo, así mismo se clasificaron los delitos en tres categorías: el Delicta eclesiástica (contra lo divino), delicta mere secularia (orden humano) y delicta mixta (que violan tanto una esfera como la otra y son penados por ambos poderes).
  • 800

    Derecho Penal Maya

    Derecho Penal Maya
    Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y
    aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la segunda para los ladrones.Las características rescatables del derecho maya son:
    ❖ La distinción entre delitos dolosos y delitos culposos.
    ❖Procedimiento público.
    ❖El perdón del ofendido.
    ❖La existencia de la reparación del daño.
    ❖Procedimiento sumario.
  • 1000

    Derecho penal Tarasco

    Derecho penal Tarasco
    •Se sabe de la crueldad que tenían las penas impuestas.
    • El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Calzontzi se castigaba no solo con la muerte del adúltero, sino trascendía a toda su familia; los bienes del culpable eran confiscados.
    • Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa,
    se le mataba en unión de su servidumbre y se le confiscaban
    los bienes.
  • 1188

    Los Decretos de la Curia de León

    Los Decretos de la Curia de León
    Documento hispano como antecedente de los derechos humanos. Estas disposiciones fueron otorgadas por Alfonso IX de León (1188-1230). En la Curia están el clero, la nobleza y los representantes de los habitantes de la ciudad. Compromisos adquiridos por el rey para el respeto de la vida, la libertad, la propiedad y bienes en general, se reconoce ab initio un principio de igualdad “que para todos los de mi reino, tanto clérigos como laicos, cumpliré las buenas leyes".
  • 1200

    Derecho penal Azteca

    Derecho penal Azteca
    Los aztecas conocieron la distinción entre delitos dolosos y
    culposos, las circunstancias atenuantes y agravantes de la
    pena, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de
    sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía. Algunas de las penas eran las siguientes: destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, etc.
  • 1215

    Carta Magna

    Carta Magna
    El rey Juan Sin Tierra de Inglaterra firmó la Carta Magna, concediendo diversos derechos a sus barones y a su pueblo. Por primera vez, un rey se comprometió a cumplir la ley y en caso contrario los barones podían acusarlo. Es en Inglaterra donde se encuentra uno de los documentos más trascendentales en la historia de los derechos humanos. Su reconocimiento llega a grado tal que hay quienes la consideran el antecedente más remoto de los derechos humanos en Occidente.
  • 1255

    Santo Tomás de Aquino

    Santo Tomás de Aquino
    1225-1274Puestas así las bases filosófico-teológicas de los derechos humanos, tanto frente a los demás hombres como frente a la comunidad, en la Edad Media, por boca de sus teólogos, como santo Tomás de Aquino, se ocupó por delimitar con claridad los derechos y deberes de los hombres frente a la vida social y política. Así, en ese orden jurídico era, sin duda alguna, la dignidad del hombre como hijo de Dios. Dignidad de la cual brotaban sus derechos fundamentales.
  • 1350

    Código de Magnus Erikson

    Código de Magnus Erikson
    En Suecia, establecía el juramento y la obligación, por parte del rey, de “defender, amar y buscar la justicia y la verdad y reprimir toda iniquidad, iniquidad, falsedad e injusticia, conforme a derecho, en virtud de sus prerrogativas reales”. El Código obliga al rey a jurar que sería leal y justo con sus ciudadanos, de manera que no prive a ninguno, de su vida o de su integridad corporal sin un proceso judicial en debida forma, como lo prescriben el derecho y la justicia del país.
  • 1505

    Constitución Nuihilnovi

    Constitución Nuihilnovi
    En este documento polaco se establece: como el derecho de gentes y las constituciones públicas caracterizan a la nación como una generalidad y no como una individualidad, decretamos que desde ahora nada sea decidido sin el consentimiento común del Consejo y de los Diputados.
  • 1521

    Época Colonial

    Época Colonial
    Impusieron las instituciones jurídicas españolas, como las Leyes de Indias, las Leyes de Toro, y las reformas borbónicas de finales del siglo XVIII, con las que se permite el comercio.
    • La Recopilación de las leyes de los Reinos de las Indias, constituyó el cuerpo principal de leyes de la Colonia, completado con los Autos Acordados, Carlos III (1759); a partir de este monarca, comenzó una legislación especial más sistematizada, que
    dio origen a las Ordenanzas de Intendentes y a las de Minería
  • 1525

    Acta de Abolición en Zurich

    Acta de Abolición en Zurich
    En este documento se consigna: "Con respecto a la servidumbre, nuestros señores han considerado que todos somos hijos de Dios y que debemos vivir como hermanos. De ahí se ha decidido que liberaremos a nuestros siervos de la esclavitud y que les desligaremos de los deberes resultantes de aquella condición".
  • 1532

    Derecho germánico

    Derecho germánico
    Implantado en Alemania, se fundamentó en el derecho canónico. El procedimiento sumario se observaban formas del sistema inquisitivo, es decir, era secreto y escrito; para el procedimiento plenario, la publicidad y la oralidad, para valorar las pruebas; el juez gozaba de libertad absoluta. Se distinguió por el formalismo del proceso.
  • 1537

    Bula Sublimis Deus

    Bula Sublimis Deus
    Concedida por el papa Paulo III, de 2 de junio de 1537, relativa a los derechos de los indios de los territorios conquistados por España, que establece la posición oficial de la Iglesia frente a la discusión sobre la igualdad y libertad de los indios y “todas las otras gentes que a noticia de los cristianos lleguen en adelante”.
  • La Petición de Derechos de 1627

    La Petición de Derechos de 1627
    Petition of Rights, se constituirse como un dique a los abusos del poder de la nobleza, (rey Carlos I de Inglaterra). Garantizaba principios de libertad política, como libertades individuales, especialmente en lo relativo a la seguridad del pueblo; seguridad personal que imposibilitaba las detenciones arbitrarias y el establecimiento de tribunales de excepción; la exigencia de cumplir con el derecho del acusado a un proceso legal (que se completará con la petición del hábeas corpus).
  • Period: to

    PERIODO HUMANITARIO

    Grandes pensadores, filósofos y humanistas con sus obras e ideas, influyeron para limitar el ejercicio del poder en el Derecho Penal y desarrollar ciencias a fines. Sus principales exponentes son César de Bonnesana, Marqués de Beccaria, que publicó el libro “De los Delitos y las Penas”, señala que: las penas deben establecerse obligadamente, en las leyes, ser públicas. Los gobiernos se humanizaron y tendieron a desaparecer las crueldades en materia penal.
  • La Ley de Hábeas Corpus de 1679

    La Ley de Hábeas Corpus de 1679
    La traducción literal del hábeas corpus es “que tengas el cuerpo”. El writ of habeas corpus fue ante todo un procedimiento del derecho común inglés, que facultaba a los jueces a examinar la legalidad de las órdenes de aprehensión ya ejecutadas y la causa de ellas, es decir garantizaba la libertad contra los riesgos de las detenciones y represiones arbitrarias. Por este mandato el juez ordenaba le fuera presentado el acusado en persona.
  • El bill of rights de 1688

    El bill of rights de 1688
    Un grupo de liberales y conservadores solicitó a Guillermo de Orange, yerno del monarca y gobernante de Holanda, acabar con la política arbitraria del rey. Desembarcó en Inglaterra y marchó sin encontrar resistencia hasta Londres, en donde derrotó al ejército del monarca, quien es obligado a abandonar el país. Instauró un gobierno provisional, convocó a los pueblos para que eligieran representantes que participaran en una Convención Parlamentaria.
  • La Declaración de Derechos de Virginia de 1776

    La Declaración de Derechos de Virginia de 1776
    El objetivo central era la defensa del desarrollo de las colonias, que no garantizó a los derechos civiles y políticos, aparte de las restricciones en materia económica y las contribuciones excesivas. De las declaraciones de derecho realizadas en las colonias americanas fue la de Virginia de julio de 1776. El 4 de julio de 1776, pocos días después de la aprobación de la Constitución de Virginia, se emitió la Declaración de Independencia de las colonias americanas
  • Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano de 1789

    Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano de 1789
    De las aportaciones derivadas del movimiento revolucionario francés de1789, la Declaración de los Derechos del hombre y del Ciudadano es la más conocida. Este documento, de diecisiete numerales, aprobado por la Asamblea francesa, sintetiza el cambio político necesario para la transformación de la sociedad francesa, de una sociedad oprimida y limitada a un modelo liberal, mucho más abierto y benéfico para los integrantes del cuerpo social.
  • Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana de 1791

    Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana de 1791
    La declaración inicia con la exigencia de un principio de igualdad, por cuanto que la mujer nace libre y vive en igualdad de derechos con el hombre, en tanto que las diferencias sociales no pueden estar fundadas más que en el bien común. A partir de estas ideas, la redacción de la Declaración se ocupa de señalar algunos tópicos en los que recurre a la inclusión de la mujer.
  • Constitución de Cádiz (1812)

    Constitución de Cádiz (1812)
    Este ordenamiento establecía que la soberanía reside esencialmente en la nación y que a ella pertenece el derecho de establecer sus leyes, así como la igualdad de todos los habitantes del imperio.
  • La Constitución de 1824

    La Constitución de 1824
    La constitución de 1824 dio vida en México al federalismo: La soberanía reside esencialmente en la nación. Se constituye una república representativa popular federal. División de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. La religión católica es la única oficialmente autorizada. Libertad de escribir y publicar ideas políticas sin censura previa. Congreso integrado por las cámaras de Diputados y Senadores. Se deposita el Poder Ejecutivo en una sola persona y se instituye la Vicepresidencia.
  • Código Penal del Estado de Veracruz

    Código Penal del Estado de Veracruz
    El Estado de Veracruz es el primero en promulgar un Código Penal, esto en abril de 1835, ordenamiento inspirado en el código penal español de 1822. Cronológicamente, los principales cuerpos legales en esta materia son los siguientes:
    • 1. Código Penal en el Estado de Veracruz el 8 Abril 1835
    • 2. El código de 1871
    • 3. El Código Penal de 1929
    • 4. El Código Penal 1931
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1857

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1857
    “Los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales”, resaltan el federalismo, la abolición de la esclavitud, las libertades de trabajo, de propiedad, de expresión de ideas, de imprenta, de asociación, de petición y de comercio. Se establece que son ciudadanos con derecho a voto todos los mexicanos varones que hayan cumplido 18 años si son casados, y 21 si no lo son. La Constitución de 1857 fue, elemento fundamental en la defensa nacional ante la invasión francesa.
  • Period: to

    PERIODO CIENTÍFICO

    En esta etapa se mantienen los principios de la Etapa Humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto al delincuente, se considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de la personalidad del sujeto (delincuente) y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porqué del crimen, saber cuál es el tratamiento adecuado, para readaptar al sujeto, y sobre todo, prevenir la posible comisión de nuevos delitos.
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicano, 1917

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicano, 1917
    El Estado empieza a cumplir una misión, en parte asignada por esta Ley Fundamental, y en parte le exige la clase. Realiza las más variadas actividades: reorganización del sistema crediticio y pone en liquidación a los bancos porfirianos; promueve la creación del Banco de México. Inicia el reparto de la tierra y la política de fomento agrícola, moderniza el sistema tributario y crea el impuesto sobre la renta; alienta la organización sindical de los trabajadores.
  • Declaración de Ginebra

    Declaración de Ginebra
    En 1924, la Sociedad de Naciones (SDN) aprobó la Declaración de Ginebra, un documento que pasó a ser histórico, ya que por primera vez reconocía y afirmaba la existencia de derechos específicos de los niños, así como la responsabilidad de los adultos hacia ellos.
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos

    Declaración Universal de los Derechos Humanos
    Luego de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional decidió bosquejar una carta de derechos que afirmara los valores defendidos en la lucha contra el fascismo y el nazismo. Fue confiado a un comité presidido por Eleanor Roosvelt y compuesto por miembros de 18 países. Promueven, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos,