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Nace a finales del siglo XI principios del XII a manos de Irnerio, debido al descubrimiento de la compilación de Justiniano. Irnerio vuelve a dar protagonismo a esta obra: Codex, novelas, instituciones y el Digesto.
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Su fin era concordarlos cánones (promulgados en los Concilios) que se contraponían. No es oficial pero, aproximadamente, se datan alrededor de 1140. Buscaba crear un texto seguro y fiable para toda la Iglesia. En su contenido encontramos un conjunto23
de decretales y también esos cánones conciliares. También incluyó disposiciones de su época. -
Se denominaba Extra porque estaba Extra Decretum. San Raimundo de Peñafort fue el capellán de Gregorio IX (1234) y este fue quien impulsó esta obra. Su contenido posee decretales (las que no se contemplaban en el Decreto de Graciano) y cánones.
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El Fuero Juzgo ha experimentado varias revisiones y modificaciones a lo largo de los siglos. Aunque originalmente fue promulgado en el año 654 durante el reinado de Recesvinto, su aplicación y relevancia continuaron en los siglos posteriores. Una de las revisiones más notables fue llevada a cabo por Alfonso X, en su proyecto legislativo, Alfonso X compiló Las Partidas, un código legal que incorporó y revisó muchas disposiciones del Fuero Juzgo.
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Es la suma de uno y otro derecho, suma de derecho civil y derecho canónico.
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Compuesto bajo el reinado de Alfonso X. Este código fue parte de una serie de esfuerzos legislativos realizados por Alfonso X para consolidar y sistematizar las leyes del reino. Incorporó elementos de derecho romano, derecho canónico y costumbres locales.
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Promulgada por Alfonso X, es difícil su interpretación pero según se dice en el prologo, pretendía ser una especie de compendio que sirviera de referente para aplicar el derecho en la corte en los juicios del tribunal de la corte del rey
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Las Partidas constan de siete partes o "partidas," y cada partida se divide en leyes o "leyes." Estas leyes tratan sobre diversos temas, como el derecho civil, el derecho canónico, la moral, la ética y la organización social. Alfonso X aspiraba a proporcionar un código legal que abordara las complejidades y desafíos de la sociedad de su tiempo.
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Se llamó así porque se entendía que era una continuación del Liber Extra, el libro sexto. Lo promulga el Papa Bonifacio y su contenido posee decretales (entre 1239 y 1289) y cánones. Este libro se dividió a su vez en cinco libros.
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Conocido por ser una de las medidas legislativas más importantes de Alfonso XI. Fue promulgado en Alcalá de Henares en 1348. Este código abordó una variedad de temas legales, incluyendo cuestiones de propiedad, herencia, contratos y crímenes. Buscaba establecer un marco legal más claro y coherente para facilitar la administración de justicia y mejorar la gobernabilidad del reino.
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Está integrado por el Decreto de Graciano, las decretales y Liber Sextus. También está formado por Clementinas (del Papa Clemente V) que fueron elaboradas con posterioridad y que también tuvieron relevancia, las extravagantes de Juan XXII y las extravagantes comunes.