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Conformación del Estado nacional mexicano.

  • Constitución 1824.

    Constitución 1824.
    Se constituye una república representativa popular federal.
    La religión católica es la única oficialmente autorizada.
    Congreso integrado por las cámaras de Diputados y Senadores.
    Establecimiento de la República Federal como forma de gobierno, con carácter Representativo, Popular y Federal.
    Un gobierno republicano, constituido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
    El poder Ejecutivo se deposita en un Presidente y un Vicepresidente, electos cada cuatro años.
  • Las 7 leyes.

    Las 7 leyes.
    Esta carta magna sustituye a la Constitución de 1824 el día 23 de octubre de 1835. Es conocida como las Siete Leyes o Constitución de Régimen Centralista. Se trata de un documento con tendencia conservadora. Establecía la división de poderes en cuatro, siendo los mismos el legislativo, ejecutivo, judicial y un cuarto, llamado conservador que podía regular las acciones del resto de los poderes.
  • Reformas de 1847.

    El acta constitutiva de 1847 es un documento que restaura el federalismo en México, eliminado por las siete leyes publicadas en 1836. El acta es en cierto sentido el documento fundador de la tercera República Mexicana aunque éste sea más bien una prolongación de la primera.
  • Constitución 1857

    Constitución 1857
    La Constitución de 1857 fue el elemento fundamental en la defensa nacional ante la invasión francesa. Tuvo vigencia plenamente tras la expulsión de los extranjeros y permaneció en vigor hasta 1917.
    Principales disposiciones legales de la Constitución:
    México se constituye como una República, Representativa, Popular y Federal.
    Se adopta el Principio de la División de Poderes.
    Se reconocen las Libertades de Enseñanza y las garantías de Libertad, Propiedad, Seguridad y Soberanía Popular.
  • Constitución 1917.

    Constitución 1917.
    La nueva Constitución incluía una gran parte de los ordenamientos de la de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos, ya como "garantías individuales".
    Se ratificó el sistema de elecciones directas y se decretó la no reelección, suprimiendo la vicepresidencia y dando mayor autonomía al Poder Judicial y más soberanía a los estados. En este marco se creó el municipio libre, y se estableció un ordenamiento agrario en el país relativo a la propiedad de la tierra.
  • Constitución de Jalisco.

    El gobernador constitucional del Estado de Jalisco Manuel Macario Diéguez Lara, expidió la constitución política del Estado de Jalisco, misma que trataba los grandes asuntos de la soberanía interior del estado y de la forma de gobierno, el territorio del estado, los habitantes, la división política del poder público, de las prevenciones generales, de las reformas a la constitución y de su inviolabilidad en 67 artículos.