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Durante ese período, la estructura de la administración pública se integró por cuatro ministerios: a)Relaciones Exteriores e Interiores; b) Justicia y Negocios Eclesiásticos; c) Hacienda, y d) Guerra y Marina.
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Teniendo como característica principal la concentración de las facultades y atribuciones en el Congreso con relación con el Poder Ejecutivo como consecuencia de la debilidad institucional de este
último tanto en el orden político, como en el jurídico y el administrativo. -
Se redactó el proyecto de bases para la nueva Constitución aprobado el 23 de octubre de 1835. Esta propuesta dio fin al sistema federal, para establecer el régimen central y estableció los lineamientos para las 7 Leyes Constitucionales: la primera promulgada en diciembre de 1835, la segunda en abril de 1836 y las otras cinco en diciembre de ese año.
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Volvió a la forma de república federal, lo cual no presentó cambios radicales en la etapa porfirista.
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Se consolida la forma de gobierno de república federal.
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Los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
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Estableció 15 Secretarías De Estado Eran Las Siguientes:
Secretaría De Agricultura Y Ganadería
" De Comunicaciones Y Transporte
" De La Defensa Nacional
" De Educación Pública
" De Gobernación
" De Hacienda Y Crédito Público
" De Industria Y Comercio
" De Marina
" De Obras Públicas
" De Patrimonio Nacional
" De La Presidencia
Secretaría De Recursos Hidráulicos
Secretaría De Relaciones Exteriores
Secretaría De Salubridad Y Asistencia
Secretaría De Trabajo Y Previsión Social -
Esta dependencia principalmente se encarga de los siguientes asuntos:
Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República, opinión sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales.
Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración.
Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública. -
Establece las bases mínimas para la prevención de actos de corrupción y aplicación de faltas administrativas en todo el territorio nacional.