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Villa Rica de la Veracruz.
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Población sumamente basta, donde solo existía un juez de paz que salvaguardaba el orden publico.
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El Municipio queda encargado al Constituyente Local.
Con Una constitución fiel al Federalismo clásico, donde no menciona al ente municipal, asegura el arreglo democrático y El Federalismo solo evitara el desembramiento. -
Las Leyes Constitucionales consideran de mayor importancia la atención al Municipio.
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Denominadas Asambleas Departamentales, Su facultad de regular la Política Municipal, y Aprobar los Planes arbitrarios y Presupuestos de Egresos Municipales.
Estableciendo Corporaciones Municipales y Expidiendo Ordenanzas. -
Por el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana.
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Constitución fiel al Federalismo e Imparte Reglamentación al Municipio.
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Fortalecimiento y Mayor Arraigo al Poder Ejecutivo.
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Y un 13 de Agosto del mismo año; Se disuelve el ejercito Federal y se Crea el Tratado de Teoloyucan.
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Venustiano Carranza propuso formar un Congreso Constituyente, el cual, se encargaría de dictar una nueva Constitución para México.
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Para su Toma de Decisiones, Un Régimen Municipal, y Un Municipio Libre. (Todo para el Estado).
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Existiendo Controversias Constitucionales en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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Con un Esquema Administrativo-Liberal como Jurídico-Política.
A) El Municipio como persona publica, sometida al poder jerárquico de otras esferas de gobierno.
B) El Municipio como poder publico con competencia propia.
C) El Municipio como persona de Derecho Administrativo, Exclusivamente.
D) El Municipio como ente Natural.
E) El Municipio como base de la organización Político-Administrativa y de la división territorial de los estados que componen el ente Federal