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Sancionada en 1853 por el Congreso General Constituyente reunido en Santa Fe; aprobada por todas las provincias a excepción de Buenos Aires y promulgada el 1 de mayo por director provisional de la Confederación Argentina, Justo José de Urquiza.
Inspirada en los principios del liberalismo clásico. Tiene como modelo la Constitución de Estados Unidos de 1787. Responde al Constitucionalismo Clásico o Liberal, orientado a la protección del individuo e integra los derechos de primer orden. -
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Reforma realizada durante la Primera Presidencia de Juan Domingo Perón.
Responde a los principios del movimiento constitucionalista denominado Constitucionalismo Social, que incorpora los derechos de segunda generación: derechos sociales y laborales. -
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Reforma realizada durante la Presidencia de Carlos Saul Menem.
Responde a los principios del movimiento constitucionalista denominado Constitucionalismo Ecuménico, Constitucionalismo Postindustrial o Tercer Constitucionalismo, cuya característica principal reside en la internacionalización de los derechos humanos. Incorpora los derechos de tercera y cuarta generación. La Reforma de 1994 otorga rango constitucional los Tratados Internacionales de DDHH (art. 75 inc 22)