Antecedentes Historicos de la Familia Romano Germanica (Yañez Bañuelos Gusatvo Mat 201958285)
By GustavoYB19
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Según los historiadores romanos, ésta fundación ocurrió el 21 de abril del mencionado año
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En 451 aC las diez primeras tablas quedaron redactadas; contenían disposiciones básicas, en las cuales se reglamentaba tanto el derecho público como el derecho privado. En el año 449 aC, las dos últimas tablas fueron añadidas en las que se consideraba a los plebeyos.
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Fueron destruidas cuando Roma fue incendiada por los galos
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A partir del 367 aC los plebeyos también pudieron tener acceso a las magistraturas
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Cneo Flavio, secretario de un sacerdote, publicó el llamado ius Flavianum, que contenía las fórmulas procesales, que habían sido monopolio de los pontificies.
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Los plebiscitos se hacen obligatorios también para los patricios, situación que trajo consigo, que tanto patricios como plebeyos se consideraran iguales ante la ley
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Con Tiberio Coruncanio, el primero pontifice plebeyo que daba consultas públicas sobre materias jurídicas
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Con Sexto Elio Peto y la publicación de su obra la Tripertita que constituye en realidad el primer tratado sistemático de Derecho, y se refiere a las Doce Tablas.
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Iniciado en el siglo III aC y que se prolongaría hasta finales de la época republicana en el siglo I aC
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Con la aparición en la historia de Roma de Cayo Julio Cesar, se inicio virtualmente la época imperial
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El Dictador Julio cesar junto con Craso y Pompeyo crean el primer triunvirato
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Del advenimiento de Augusto al poder, en el año 27 aC hasta la proclamación de Dioclecioano como emperador en el año 284
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Corresponde a al época del Principado, es decir, desde Augusto, siglo I aC, hasta Diocleciano, en el siglo II de nuestra era
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En el año 130 el emperador Adriano le encargó al jurista Salvio Juliano, la elaboración de un definitivo edicto de los magistrados para evitar las repeticiones, se conococe como Edicto de Adriano y fue promulgado bajo la forma de un senadoconsulto.
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En la época de Marco Aurelio, 161 a 180, se publicó por el jurista Papiro Justo su obra Libiri XX Constitutionum que dio inicio a un amplio trabajo de recopilación, parecido a una codificación.
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Se extiende desde Diocleciano hasta la compilación jutiananea, el siglo VI
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De 191 a 211 de nuestra era, fueron cada vez más escasos los senadoconsultos y apareció un mayor número de constituciones imperiales, las cuales se pueden clasificar en cuatro diferentes grupos: edicta, mandata, decreta, rescripta
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Del año 284 al 476 por lo que al Imperio Romano de occidente se refiere, ya que en este último año la caída de la ciudad de Roma trajo consigo la desaparición del imperio occidental.
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Fue la primera codificación de carácter oficial, data de principios del siglo V y la ordenó Teodosio II
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En el año 426 se publicó una colección de jurisprudencia clásica compuesta por opiniones de Gayo, Papiniano, Ulpiano, Paulo y Modestino que lleva el título de Ley de Citas, y apareció al lado del Código Teodosiano, en ella se da vigencia a las opiniones de los autores mencionados.
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Está dividido en 155 capítulos y contiene disposiciones tomadas básicamente de los códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano
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Fue casi un extracto del Breviario Alarico y tuvo una vigencia efmera
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Con su muerte se redujo la producción de Constituciones imperiales y la reconquista de Occidente no sólo terminaría sino que el derrumbe de las conquistas logradas bajo su reinado, cobró mayor ímpetu, el mundo bizantino de Justiniano se acercó cada vez más a la cultura griega, mientras el Occidente iba cediendo el embate de los pueblos germánicos.
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En el siglo VII el emperador bizantino León III, publicó una obra jurídica conocida con el nombre de Ecloga Legum. Un siglo después Basilio el Macedonio, pretendió fusionar las diversas obras de Justiniano en una sola, labor que fue llevada a cabo por su hijo León el Filosofo y que conocemos con el nombre de Basílicos.
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A finales del siglo XI se inicio la formación de la familia romano-canónica con la llamada Escuela de los Glosadores
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En 1345 aparece un manual jurídico que conocemos con elnombre Hexabiblos de Constantino Hermenópulo; cerrándose así la vida jurídica de Roma en lo que quedada de lo que había sido el gran impoerio de césares
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Tuvo una larga supervivencia hasta 1453