Reforma constitucional

Actividad 1.Teoria del Proceso. Línea de tiempo

  • Period: 3000 BCE to 1 CE

    Los Pueblos primitivos

    Administración de justicia por una figura central, ya sea un jefe, consejo , etc. Los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad. Un común denominador era la crueldad en sus soluciones.
  • Mesopotamia
    2800 BCE

    Mesopotamia

    Sistema jurídico principalmente simbólico, su proceso consistía en el enfrentamiento de dos partes para resolver un conflicto en donde cada etapa procesal era programada por normas específicas
  • Roma
    753 BCE

    Roma

    Monarquia: Acciones de la ley de orden judicial y privado
    República: Proceso formulario de orden judicial y privado
    Imperio: Proceso extraordinario de orden judicial y público.
  • Mayas
    750 BCE

    Mayas

    Sistema severo, considerando no la pena de prisión pero si la pena de muerte. Todos los testigos eran obligados a jurar la veracidad de su testimonio y, según algunos registros históricos, es válido creer que existían personas que actuaban de manera similar a los abogados de hoy en día.
  • Los pueblos germánicos
    300 BCE

    Los pueblos germánicos

    El proceso es común tanto para las cuestiones civiles como para las penales y su fin es el de obtener una reparación, procurando inicialmente un acuerdo entre las partes y, si éste no se logra, entonces coactivamente el pago de una
    sanción pecuniaria. El procedimiento es público, oral y de rigor formalista
  • Proceso medieval Italiano
    1100

    Proceso medieval Italiano

    Su principal característica es la lentitud. Se realizan reformas en virtud de las cuales surgen 3 tipos de jucicios.
    a) Procedimiento ejecutivo
    b) Proceso de mandato condicionado o no condicionado
    c) Procedimiento de embargo
  • Antiguo enjuiciamiento Español
    1265

    Antiguo enjuiciamiento Español

    Figura desde la promulgación de las Leyes de las 12 Partidas en 1265, hasta la Novísima Recopilación en 1805. Que a su vez, tiene como antecedente procesal al Digesto.
  • Imperio Azteca
    1428

    Imperio Azteca

    Sistema de justicia con cortes y jueces; diseñado para mantener el orden y respeto por las instituciones
  • Proceso inquisitorial

    Característico de los regímenes absolutistas. a. Aquí, el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado por el soberano, sin ninguna limitación. Además de ser el juzgador, es también un investigador con amplios poderes e inclusive un acusador.
  • Proceso publicista

    Hay una ampliación del ámbito de los
    poderes del estado, a través del juez, con un sentido tutelar y proteccionista de los intereses de las clases débiles, es decir, una intención y un propósito para lograr el bienestar común. Se identifican dos instituciones: "la prueba para mejor proveer" y "la suplencia de la queja"
  • Proceso dispositivo

    En este proceso, el estado es un ente de autoridad que tiene sus atribuciones delimitadas, que solamente hace aquello que la ley le autoriza expresamente. Las partes pueden disponer del proceso, y de aquí la denominación.
  • Revolución Francesa y la codificación.

    Revolución Francesa y la codificación.

    Esta codificación tiene el mérito de separar los textos sustantivos de los textos adjetivos o procesales:
    Código Civil, Código Penal, Código de Procedimientos Civiles, Código de Procedimientos Penales y Código de Comercio. Donde los cuatro primeros, dos son cuerpos sustantivos y dos
    son adjetivos o procesales.
  • Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil. España