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La teoría de la culpa aquiliana atribuye al patrón o empresario la compensación del riesgo profesional, aunque posteriormente aparezca el concepto de la responsabilidad objetiva del riesgo.
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Instituciones que, de manera directa o indirecta, organizaron la ayuda, mediante acciones sistemáticas, con objeto de mitigar los efectos de la inseguridad.
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La medicina de los griegos no seguía el procedimiento mágico o la imposición del tabú. No se concebía a la enfermedad como obra de la maligna influencia de dioses o demonios; esto es, de seres sobrenaturales
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La medicina es un arte e Hipócrates creo la escuela mas importante a sus alumnos les imponía un juramento, el cual tendría validez hasta nuestros días
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En los albores de la humanidad, el mal se atribuía a los demonios, a quienes se debía expulsar; pero cuando el individuo era el poseso, había que exorcizarlo.
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En la Ilíada se cuenta que los griegos mueren a causa de una enfermedad epidémica, la peste, representada por las flechas de Apolo.
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Se consideraba como titulares de los bienes adscritos en los hospitales o refugios a los enfermos mismos, a los pobres, a los leprosos, y en varios documentos encontramos estas donaciones pauperius, en virtud de las cuales se organizan corporativamente nombrando comisiones.
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En la mayoría de los casos, el hospital era donado a un santo; hacia pues se refería a las órdenes religiosas.
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Aparecen las guildas, asociaciones de defensa y asistencia.
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Decreto dictado por el Dux de Genova, se emplea por primera vez la palabra aseguramentiur.
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El seguro marítimo es la primera forma de seguros que aparece y de él nacen las demás aplicaciones.
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La primera norma jurídica escrita, obligatoria, que regula cabalmente los riesgos, está contenida en los capítulos de las Cortes de Tortosa, convocados por el rey Fernando, en los cuales se establece y regula el seguro contra la huida de esclavos.
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Edicto de los magistrados de Barcelona precisa y regula el seguro de mar
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Las Ordenanzas emitidas por el Gran Consejo de Venecia
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Libro Consulado del Mar, con las rúbricas de las buenas costumbres y los buenos usos del mar.
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Estatutos de Florencia, en los que figuran formularios para la redacción de pólizas.
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Se aprobaron las ordenanzas para el Prior y Cónsules y mercaderes de la ciudad de Sevilla.
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Las ordenanzas para los seguros marítimos.
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Ordenanzas los de Genova
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En los Países Bajos, se publicaron unas ordenanzas estudiadas previamente por una comisión nombrada al efecto, en virtud de reclamaciones y quejas debido a la frecuencia y el aumento de los siniestros marítimos, encaminadas a poner límite a los fraudes, cuyas anomalías estudiaba la comisión, y que podían ser originadas en el mayor valor con que se hacían los seguros de navios y mercancías.
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El seguro de vida con capitales pagaderos a la muerte del asegurado comenzó, organizado por la Equitable Society for Assurance on Uves and Survivorship.
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Los aseguradores iniciaron en el famoso organismo de Lloyd’s, fundación promovida mediante suscripción de un grupo de aseguradores, corredores o comerciantes.
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El sacerdote de la Iglesia anglicana, Wílliam Lewery Blackley, propuso un sistema de seguros contra la vejez y las enfermedades.
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Una ley emitida reconocía a Lloyd’s personalidad jurídica como corporación. Lloyd’s no es propiamente una sociedad de seguros sino de aseguradores, cuyos miembros son individuos responsables ilimitadamente o sociedades afiliadas.
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Se adecuan los principios de los seguros privados para implantar el seguro a favor de los trabajadores en contra las enfermedades, al reconocer que los obreros y sus familias estaban expuesto con mayor frecuencia.
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La primera ley fue la del seguro obligatorio de enfermedades
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La segunda sobre seguro de accidentes de trabajo de los obreros y empleados de las empresas industriales
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Seguro obligatorio de invalidez y de vejez
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El papa León XIII expide la Encíclica Rerum Novarum
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La Cámara de los Comunes designó una nueva comisión para el estudio del problema de los ancianos pobres, que se pronunció a favor de un sistema de pensiones; en dicha comisión se encontraba David Lloyd George.
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Los seguros sociales alemanes se enfocan con mayor amplitud y se procede a la unificación de accidentes,
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En el Congreso Internacional Socialista, reunido en Amsterdam se acordó una resolución en la que: Los trabajadores de todos los países deben exigir instituciones propias para prevenir en cuanto sea posible la enfermedad, los accidentes y la invalidez, el derecho de obtener medios de vida y de asistencia durante el tiempo en que no les sea posible aprovechar su fuerza de trabajo por razón de enfermedad, de accidente, de invalidez, de vejez, de embarazo, de maternidad o de parto
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Ley sobre Accidentes de Trabajo
En estos dos ordenamientos legales se reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores. -
Se extiende a tres aspectos: accidentes, enfermedad e invalidez
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El general Porfirio Díaz, algunos estados, bajo la influencia de los movimientos de trabajadores en Europa, de los escritos socialistas, conocedores del Manifiesto del Partido Comunista y de la Encíclica Rerum Novarum, se apresuraron a expedir leyes reguladoras del trabajo; la primera en 1905 en el Estado de México, gobernado por el general Villada, establece la protección de los trabajadores frente a riesgos de trabajo.
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Ley sobre Accidentes de Trabajo
Dos años más tarde en el Estado de Nuevo León se expide en la ciudad de Monterrey la segunda ley que habla sobre el aseguramiento al trabajador -
Ley sobre educación, inspección médica, cuidado de la salud y condición física de los menores, en escuelas públicas elementales.
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Ley de pensiones para la vejez y Ley reguladora del trabajo en las minas de carbón, con una jornada de ocho horas.
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Ley de Bolsas de Trabajo, con un sistema contra el paro forzoso; Ley de proyectos Ciudades, para proporcionar casas baratas a los obreros, y Ley de juntas de trabajadores.
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Primera legislación de seguros sociales, con intervención de Lloyd y Churchill. Lloyd estaba interesado en el seguro de enfermedad, habiéndose inspirado en Alemania. Churchill, ministro de comercio, conjuntamente con el secretario permanente del ministerio, Hubert Llevellyng Smith y William Beveridge, proyectaron la Ley de 1911. Esta disposición se limitaba a cubrir las enfermedades de invalidez, ya que el seguro de vejez, viudez y orfandad no aparece hasta 1925.
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El 12 de diciembre de 1912 el presidente Venustiano Carranza expidió un decreto en cuyo artículo segundo se ordenaba la promulgación y vigencia, durante la lucha, de leyes, disposiciones y medidas encaminadas a satisfacer las necesidades económicas, sociales y políticas del país
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En 1914, al triunfo de la Revolución, se establece el principio del estado de servicio social, reconociendo su capacidad y el deber de suplir la acción económica individual, sin menoscabo de la libertad del ciudadano y la obligación de organizar a la sociedad en una estructura que permitiera la protección de los débiles frente al libre juego de las leyes económicas.
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En el estado de Yucatán se dictó la Ley del Trabajo en 1915, cuyo art. 135 establecía que el gobierno fomentaría una asociación mutualista en la que los trabajadores fueran asegurados contra los riesgos de vejez y muerte.
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Ley de Accidentes que establecía las pensiones e indemnizaciones a cargo del empleador, en el caso de incapacidad o muerte del trabajador por causa de un riesgo profesional.
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El dictamen del 13 de enero de 1917, suscrito por Pastor Rouaix, Victorio E. Góngora, E.B. Calderón, Luis Manuel Rojas, Dionisio Zavala, Rafael de los Ríos, Silvestre Dorador y Jesús de la Torre, propuso incluir la fracc. XXVll dedicada a las cajas de seguros populares; el dictamen del 23 de enero la ubicó como fracc. xxix, que con modificaciones se conserva hasta la fecha.
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La base constitucional del seguro social en México se encuentra en el artículo 123 de la Carta Magna promulgada el 5 de febrero de 1917. Ahí se declara "de utilidad social el establecimiento de cajas de seguros populares como los de invalidez, de vida, de cesación involuntaria en el trabajo, de accidentes y de otros con fines similares".
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En 1919 se formuló un proyecto de Ley del Trabajo para el Distrito y Territorios Federales que proponía la integración de cajas de ahorro para auxiliar a trabajadores desempleados; el fondo contenía la aportación de 5% de los salarios y, por parte de los patrones, 50% de la cantidad que correspondería a los asalariados por concepto de utilidades en las empresas.
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Alvaro Obregón ordenó la elaboración del Proyecto de Ley del Seguro Social que había de aplicarse en el Distrito Federal. La exposición de motivos reconoce que las desgracias que afligen a las clases trabajadoras no habrán de tener su origen en la falta de leyes, sino en las dificultades para su aplicación, lo que convierte a los derechos legales en simples derechos teóricos. Este proyecto preveía un tipo de seguro voluntario.
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En las Leyes del Trabajo de Tamaulipas y de Veracruz de 1925 se consigna la modalidad del seguro voluntario. Los patrones podían sufragar sus obligaciones en los casos de enfermedades o accidentes profesionales de los trabajadores, mediante un seguro contratado a su costa con sociedades que pudieran otorgar garantía con aprobación de los gobiernos estatales
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En 1925 se expide la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro, conforme a la cual los funcionarios y empleados de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de los Gobiernos de Territorios Federales tenían derecho a recibir una pensión al llegar a los 55 años de edad con 30 de servicios o cuando quedaran inhabilitados para el trabajo.
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Las leyes laborales de Aguascalientes e Hidalgo, expedidas en 1928, previeron la instauración de seguros. La de Hidalgo, en su art. 242 disponía: “Se declara de utilidad pública el establecimiento de instituciones, corporaciones o sociedades que tengan por objeto asegurar a los trabajadores contra los accidentes o enfermedades profesionales, y las autoridades deberán darles toda clase de facilidades para su organización y funcionamiento.”
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El 13 de noviembre de 1928 se estableció el Seguro Federal del Maestro, por decreto del Ejecutivo Federal, donde se ordenaba la constitución de una mutualidad con el fin de auxiliar a los deudores de los asociados fallecidos.
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En 1929 se elaboró una iniciativa que obligaba a patrones y obreros a depositar en una institución bancaria de 2 a 5% del salario mensual, con el objeto de constituir un fondo de beneficio para los trabajadores.
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MODIFICACION DEL ARTICULO 123
En 1929 el Congreso de la Unión modificó la fracción XXIX del artículo 123 constitucional para establecer que "se considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de Invalidez, de Vida, de Cesación Involuntaria del Trabajo, de Enfermedades y Accidentes y otros con fines análogos. -
La Ley Reorganiza la administración de los seguros sociales, autorizando al gobierno para dictar las disposiciones pertinentes.
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Bajo la presidencia de Franklin Delano Roosevelt, se aprobó el Social Security Act; por primera vez se usó el nombre de seguridad social para considerar, además de la atención a los riesgos a los trabajadores y su familia
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En 1935 el presidente Lázaro Cárdenas envió a los legisladores un proyecto de ley del Seguro Social, en el cual se encomendaba la prestación del servicio a un Instituto de Seguros Sociales, con aportaciones y administración tripartitas, que incorporaría a todos los asalariados, tanto industriales como agrícolas. Sin embargo, se consideró que el proyecto requería aún estudios ulteriores y no se aprobó.
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Lázaro Cárdenas le encargó el proyecto a García Téllez, que se refería a la creación de un Instituto de Seguros Sociales, de aportación tripartita(el Estado,los trabajadores asegurados y sus patrone)s y que "cubriría o prevendría los siguientes riesgos sociales: enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales y maternidad, vejez e invalidez y desocupación involuntaria. Fue rechazado pues se requería un documento más completo fundamentado en estudios actuariales.
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Ministro sin cartera, formuló ante la Cámara de los Comunes el anuncio del nombramiento de una Comisión parlamentaria encargada del estudio de los seguros sociales.
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Se estableció un programa “de acción concertada de los organismos de seguridad social, en resguardo del capital humano -garantía de la mayor integridad y defensa continental
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El interés del Presidente Ávila Camacho por las cuestiones laborales ya se había manifestado desde el mismo día en que asumió la presidencia, cuando anunció la creación de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y la encomendó a quien fuera Secretario de Gobernación del régimen anterior, el licenciado Ignacio García Téllez. Atendiendo a la tónica del momento, la función inicial de la naciente dependencia fue limar asperezas y procurar la conciliación obrero-patronal.
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En diciembre de 1943 el Lic. García Téllez es nombrado nuevo director del Instituto y unos cuantos días después.
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En diciembre de 1942 se envió a las Cámaras la iniciativa de Ley, proponiendo como suprema justificación, que se cumpliría así uno de los más caros ideales de la Revolución Mexicana, "proteger a los trabajadores y asegurar su existencia, su salario,su capacidad productiva y la tranquilidad de la familia; contribuir al cumplimiento de un deber legal, de compromisos exteriores y de promesas gubernamentales".El Congreso aprobó la Iniciativa y el 19 de enero de 1943 se publicó en el Diario Oficial.
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En el período 1946-1952, se fue consolidando en el Instituto un notable equipo sociomédico, al tiempo que se ampliaban los servicios y el régimen se extendía a otras entidades federativas. Se inauguró el primer hospital de zona, La Raza y también el edificio principal ubicado en el Paseo de la Reforma, de la ciudad de México.
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La segunda Conferencia se celebró en Río de Janeiro, Brasil.
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La tercera en Buenos Aires, Argentina
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En la cuarta Conferencia, celebrada en México en 1952, se adoptaron diversas resoluciones; la relativa a la incorporación de los trabajadores del campo; así como a las prestaciones familiares, los problemas médico farmacéuticos, la terminología de la seguridad social, la incorporación de trabajadores organizados en forma comunitaria y la concesión del derecho de voto a los representantes obrero-patronales
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La quinta en Caracas, Venezuela,
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La reforma de 1959 incluyó el Apartado B para regular las relaciones laborales entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores.
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La sexta en México
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La séptima en Asunción, Paraguay
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Para 1964 ya se encontraban protegidos por el Seguro Social poco más de 6 millones de mexicanos, cifra que se incrementaría en 50 en el período comprendido entre 1964 y 1970.
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Durante 1995 se realizó un proceso de auto-examen,para detectar todo aquello que había dejado de ser funcional y buscar,con la colaboración de los involucrados y de la población en general,la solución a los problemas de fondo.Surgió la iniciativa de una Nueva Ley del Seguro Social,aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial en diciembre de 1996.Entre otras cosas modifica el sistema de pensiones para asegurar su viabilidad financiera y una mayor equidad.
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La octava en Panamá
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La novena en Quito, Ecuador
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Comenzó a operar el Programa Nacional de Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, financiado por la Institución y por el Estado. Se convirtió, en 1979, en el Programa IMSS-Coplamar por Cooperación Comunitaria y, al desaparecer el organismo Coplamar, tomo el nombre que lleva hasta la fecha: Programa IMSS-Solidaridad.
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Durante 1972 se iniciaron estudios para realizar múltiples e importantes adiciones a la Ley del Seguro Social; fueron aprobadas por el Congreso de la Unión y publicadas en marzo de 1973. La nueva Ley ampliaba los beneficios del régimen obligatorio, extendía la seguridad social a ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios organizados e implantaba el ramo de guarderías en toda la república.
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La décima en San Salvador
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En la ciudad de México durante la decimoprimera Conferencia se reconoce: “Que la evolución de la seguridad social en las Américas, revela tendencias y logros en la búsqueda de mecanismos que permitan la incorporación voluntaria de sectores de la población con capacidad contributiva, la ampliación de la cobertura de aseguramiento hacia personas de escasos recursos, así como la introducción de programas de solidaridad social dirigidos a los marginados.”
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En el Diario Oñcial de la Federación del 31 de octubre de 1974, después de expedida la ley que entró en vigor el 1 de abril de ese año, se modificó el texto constitucional para dar sustento a la nueva Ley, a fin de que otros grupos ajenos a los trabajadores fueran objeto de protección:
• Amplía las contingencias protegidas. • Rompe la estructura del art. 123 dedicado a regular las relaciones entre los patrones y los trabajadores. -
La decimosegunda en Santo Domingo, República Dominicana
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El Sistema de Fondos de Pensiones, establecido en la República de Chile por el Decreto Ley No. 3,500 del 13 de noviembre de 1980 y puesto en operación en mayo de 1981, por recomendación del Banco Mundial, establece el sistema de cuentas individuales
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La decimotercera en Panamá
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La decimocuarta en Managua, Nicaragua
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En la decimoquinta conferencia en San José, “reconoce que, no obstante el fortalecimiento de la Seguridad Social en América"
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A fines de 2007, el gobierno francés propuso una legislación para incrementar la edad de jubilación a los 65 años, con gran resistencia de los trabajadores que paralizaron los servicios públicos de algunas ciudades.
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BRICEÑO RUIZ A., "DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL", EDITORIAL OSFROD, MÉXICO, (2016), PP 31 - 87