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100
Pueblos Primitivos (Anteriores a 800 a.C)
Estos pueblos se caracterizan por su formalismo y teatralidad, esto es gestos, actuaciones, sin embargo eran usados en actos procesales que no tenían validez.
Empiezan las funciones jurisdiccionales y las procesales que son propias de estos pueblos (Asia, América, Europa, África)
Existieron procesos primitivos en todos los pueblos. -
Period: 100 to 476
ROMA
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101
ROMA ( Monarquía 753a.C.- 509 a.C.)
Es una fase primitiva que permitió un desarrollo en todos los aspectos, así como la creación de una etapa llamada: “de las acciones de la ley”.
Estas acciones son procedimientos rigurosos enmarcados en cierto ritualismo, encuentra su fundamento en la Ley de las Doce Tablas. -
102
ROMA (República 509 a.C.-27 d.C.)
Empieza una etapa llamada “del proceso formulado”. Este proceso tiene su fundamento procesal en la fórmula que es una instrucción escrita donde el magistrado nombra un juez y fija elementos sobre los cuales debe fundarse un juicio. -
103
EGIPTO
En Egipto se llegaron a desarrollar las pruebas periciales de tipo topográfico -
Period: 400 to 500
Pueblos Germanicos
Con ellos empieza la decadencia de Roma, se desplegarón rápidamente de norte a sur, encontrándose con los romanos iniciando así la Edad media. Este proceso germánico permitió una protección del derecho del individuo frente a la colectividad. -
476
ROMA ( Imperio 27 d.C.-476 d.C.)
Empieza una etapa llamada “proceso extraordinario”. Este proceso es una manifestación del orden judicial público -
Period: Jan 25, 600 to Jan 25, 1300
Proceso Medieval Italiano
Es la fusión de procedimientos romano y germánico donde la jurisdicción está en manos de funcionarios logrando el desarrollo de la abogacía. Así que comienza un proceso con citación hacia el demandado y donde se presenta la demanda, cuenta con una litis contestado que es la incorporación del demandado a la contienda y una sentencia que puede ser imputada por una querella nullitatis -
Jan 25, 1265
Código de las Partidas
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Period: Jan 25, 1265 to
ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL
Este enjuiciamiento es proyectado durante más de diez siglos y es una mezcla de influencias celticas, fenicias, griegas, romanas, visigodas y árabes. Este enjuiciamiento es característico por la evolución del derecho español mediante ciertos códigos, ordenanzas, leyes y recopilaciones. -
Jan 25, 1335
AZTECAS
El pueblo azteca contaba con tribunales y con un proceso más o menos organizado.
Tenían existencia de una primitiva organización judicial, la máxima autoridad era el rey, había tribunales como el Tlacatécatl, existía una casa o edificio donde residían los tribunales, la oralidad en los procedimientos era una característica fundamental, los jueces tenían la obligación de asistir a los tribunales, y éstos deberían funcionar desde la salida hasta la puesta del Sol. -
Jan 25, 1348
Ordenamiento de Alcalá
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Jan 25, 1485
Ordenamiento Real de 1485
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Jan 25, 1489
Ordenanzas
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PROCESO INQUISITORIAL
Este proceso es característico de regímenes absolutistas anteriores a la Revolución Francesa donde el juez ejerce un poder transmitido o delegado por el soberano sin limitaciones y el juzgador es un investigador con poderes.
Sin embargo este proceso rompe con la característica del proceso y por tanto se cree que este no cuenta como proceso como tal. -
Period: to
REVOLUCIÓN FRANCESA Y CODIFICACIÓN
Movimiento social, económico, filosófico y político de gran trascendencia para la humanidad, especialmente para Europa y culturas occidentales, es el triunfo de la burguesía sobre la nobleza y sobre el feudalismo. Se distingue por la creación de códigos independientes para procedimientos civiles y penales.