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TRAYECTORIA DE LAS VICTIMAS DE UN DELITO DESDE EL DERECHO PRE-COLONIAL, HASTA EL MEXICO INDEPENDIENTE

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    PERIODO DE LA VENGANZA PRIVADA

    PERIODO DE LA VENGANZA PRIVADA
    La función represiva se encontraba en manos de la víctima o víctimas.
    La venganza se apoyaba en la colectividad, mediante apoyo material o moral en contra del victimario.
    Se reconocía el derecho de la víctima para ejercitar su venganza.
    Generalmente la venganza era desproporcionada y excesiva con relación a la ofensa cometida en contra de la víctima.
  • 200

    PERIODO DE LA VENGANZA DIVINA

    PERIODO DE LA VENGANZA DIVINA
    Las tribus o clanes primitivos se regían a través de creencias mágicas y religiosas que a través del mandato de diversos dioses debían ser cumplidas, era en sí, respetar aquél "TABÚ", impuesto por ellos, es decir, respetar lo sagrado y prohibido, ya que en caso de no hacerlo, existía un castigo severo y se creía que provocaba además una serie de desgracias al infractor y a su familia, por haber cometido una conducta contraria a lo establecido.
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    VENGANZA PUBLICA

    VENGANZA PUBLICA
    Esta era ejercida a través de un representante del poder
    público. Se traslada la ejecución justiciera a alguien que represente los intereses de la comunidad, En este tipo de venganza se designo por primera vez órganos especiales que hacían función de tribunales y jueces ademas de contar con sistema probatorio.
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    LEY DEL TALIÓN

    LEY DEL TALIÓN
    Con las leyes del talión, establecidas en códigos como el de Hammurabi, manú en la india, en la ley de las XII tablas, en el Zend-Avesta persa, entre otros, se establecen ya las primeras limitantes de la venganza, en principio porque se intenta poner fin a la desproporción entre el daño inferido y la respuesta de la víctima; pero sobre todo porque se establecen las bases de lo que vendría a derivar en el poder político de los nacientes estados.
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    LAS PRIMERAS LIMITACIONES A LA VENGANZA

    LAS PRIMERAS LIMITACIONES A LA VENGANZA
    Con el transcurso del tiempo apareció otra limitación a la venganza, la composición, mediante la cual el ofensor y su familia rescataban del ofendido y de los suyos, mediante el pago de una cantidad, el derecho a la venganza
  • Jan 13, 1520

    EPOCA PREHISPANICA

    EPOCA PREHISPANICA
    En la época prehispánic existían ordenamientos, que si
    bien diferían en cuanto a su sistemática de los países europeos, habían conjunto de reglas que determinaban la forma de solución de los conflictos sociales que se presentaban en los grupos humanos, por su importancia únicamente se mencionar á lo referente a los pueblos prehispánicos que se consideran de mayor importancia como el pueblo Maya y el Azteca.
  • PERIODO HUMANITARIO

    PERIODO HUMANITARIO
    A la excesiva crueldad siguió un movimiento humanizado de las penas y en general de los sistemas penales, esta tendencia se dio hasta la mitad del S.XVIII con el Marqués César Beccaria y con los filósofos y pensadores Voltaire, Roussean, Mountesquieu, etc. Beccaria publicó su libro "Del Delito y de la Pena", en el año 1764; el cual consistió en una crítica demoledora contra los sistemas empleados hasta entonces y la proposición creadora de nuevos conceptos y sobre todo de unas nuevas prácticas.
  • EL CONTRATO SOCIAL Y LA VICTIMA

    EL CONTRATO SOCIAL Y LA VICTIMA
    El Derecho Penal del Estado moderno tiene como finalidad la protección de la igualdad, propiedad y libertad de los hombres, para lograr la convivencia social. Por lo tanto, en esta época, el Derecho no fue estructurado para protección de las víctimas, sino para la protección de la sociedad al amparo del Estado moderno en quien recaía la facultad de venganza, quitándole esta facultad a la víctima, en pro de la convivencia y estabilidad social.
  • VICTIMA, TESTIGO SILENCIOSOS EN LA ILUSTRACIÓN

    VICTIMA, TESTIGO SILENCIOSOS EN LA ILUSTRACIÓN
    Bajo las premisas de libertad, fraternidad e igualdad, el Estado quedaba exonerado de cualquier responsabilidad en el origen de la criminalidad y el delincuente no le interesaba, ya que solo se le aplicaba una sanción, por lo tanto, la víctima le interesaba mucho menos, quedando marginada del drama penal, para ser tan solo un testigo silencioso, ya que la ley Penal apenas la menciona, la literatura científica la ignora, quedando en completo desamparo
  • EPOCA COLONIAL

    EPOCA COLONIAL
    Después de la conquista fue necesario establecer las instituciones jurídicas que regularían la vida en los nuevos territorios españoles. La Novísima Recopilación de 1805 y las Siete Partidas fueron los ordenamientos frecuentemente aplicados en la Nueva España
  • EPOCA INDEPENDIENTE

    EPOCA INDEPENDIENTE
    El “nuevo hombre” renunció a una parte de su libertad, en pro de una libertad general y del bien común.El hombre, en teoría, gozaba de igualdad de derechos, fraternidad de sus semejantes y de libertad más absoluta. Amo y señor de sus decisiones, poseedor del libre albedrío, un criminal se volvía por voluntad propia.En 1831 se elaboró un bosquejo de Código Penal para el Estado de México sin ser expedido, en 1835 se expidió el primer ordenamiento penal de nuestra historia, Código Penal de Veracruz
  • DE LA EPOCA INDEPENDIENTE

    DE LA EPOCA INDEPENDIENTE
    En la Constitución de 1857 se adoptó el sistema federal y se establecieron las bases para la emisión de leyes penales, surgiendo la necesidad de emitir un Código Penal válido para toda la Federación y territorios federales, y se dejó reservada a los estados la facultad para legislar en materia penal para delitos del orden común.
  • INICIO DE LA CRIMINOLOGÍA Y ROL DE LA VÍCTIMA

    INICIO DE LA CRIMINOLOGÍA Y ROL DE LA VÍCTIMA
    Al inicio de la Criminología, al delincuente se le estudia, clasifica y ayuda psicológicamente, hay extensa literatura de su personalidad, si es inimputable y comete un asesinato por enfermedad mental, el Estado le proporciona asistencia psiquiátrica y legal, mientras que a la familia de la víctima, destrozada por la pena y quizás en pobreza, se le deja a su suerte y sin apoyo.
  • CÓDIGO PENAL 1871

    CÓDIGO PENAL 1871
    Tomando como modelo el Código Penal español de 1870.
    El Código Penal para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California sobre Delitos del Fuero Común y para toda la República sobre Delitos contra la Federación, promulgado el 7 de diciembre de 1871, más conocido como Código de Martínez de Castro; en él se adoptó la ideología liberal proveniente de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre
  • CÓDIGO PENAL DE 1929

    CÓDIGO PENAL DE 1929
    Terminada la revolución y emitida la Constitución de 1917.
    elaboración de un Código Penal acorde con la situación del país. Los trabajos concluyeron con el llamado Código de Almaraz de 1929.
    Sobre la política criminal adoptada por la comisión, llama la atención los pronunciamientos de Chico Goerne sobre la concepción del delito “como un acto social que daña al hombre
  • NO HAY DELITOS SI NO DELINCUENTES

    NO HAY DELITOS SI NO DELINCUENTES
    En el Código Penal de 1931 la fórmula: no hay delitos sino delincuentes, debe completarse así, no hay delincuentes sino hombres. Ninguna escuela ni doctrina ni sistema penal alguno puede servir para fundamentar íntegramente la construcción de un Código Penal. Sólo es posible seguir una tendencia ecléctica y programática, o sea prác- tica y realizable. El delito es un hecho contingente. Sólo existe la responsabilidad social
    REFORMAS 1984 Y 1994
  • EL DESCUBRIMIENTO DE LA VICTIMA

    EL DESCUBRIMIENTO DE LA VICTIMA
    Debido a la gran preocupación que genera el criminal, la Criminología había olvidado casi por completo a las víctimas de los delitos, y esto se puede explicar por varias razones, por ejemplo, nos identificamos con el infractor y nunca con la víctima, quizás por admiración al criminal, que puede cometer actos sin medir consecuencias, se atreve a hacer lo que nosotros nunca haríamos, mientras que no nos identificamos con la victima ya que es el perdedor, violado, maltratado, etc.
  • RESURGIMIENTO DE LAS VÍCTIMAS

    RESURGIMIENTO DE LAS VÍCTIMAS
    Otro elemento que contribuyó al resurgimiento de las víctimas, son los aportes experimentales de Latane y Darley, en los años 70, acerca de la dinámica de la intervención de los espectadores en las situaciones de emergencia, con estudios de psicología social que arrojaron algo asombroso: los espectadores eran insolidarios ante la situación y pasivas cuando se realizaba un crimen violento en contra de alguna víctima.
  • CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES REFORMA DE 2008

    CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES REFORMA DE 2008
    A partir del 18 de junio de 2008 establece las bases de un nuevo sistema en materia de seguridad pública y justicia penal, el cual implica cambios normativos, estructurales e ideológicos de gran envergadura que deberán concluirse a más tardar el 17 de junio de 2016