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REFORMAS EDUCATIVAS EN COLOMBIA . (Importante leer primer comentario).

  • Al culminar el proceso de independencia.

    Al culminar el proceso de independencia.
    "Los líderes de la emancipación emprendieron reformas en los órdenes legal, económico, social y político para la naciente nación en la cultura política occidental" (Medina, J. E. C., y Silva, A. L. C. 2016,p.27). En las que se crearon ciertos requisitos para promover la lectura, la escritura, el dibujo, la cívica, las doctrinas cristianas etc.
  • Francisco de Paula Santander dictó el decreto del 2 de junio de 1820.

    Francisco de Paula Santander dictó el decreto del 2 de junio de 1820.
    En este decreto se estableció que la dirección de estudios y educación de los colegios de la República pertenecieran al gobierno. Por lo cual, administrativos y docentes se volvieron funcionarios públicos (Rincón S, D,R.,2014).
  • Decreto considerado el primer plan de educación primaria.

    Decreto considerado el primer plan de educación primaria.
    El vpdte. Santander, dictó un decreto en el que reconoció que la instrucción pública era el medio más fácil para que los ciudadanos asimilaran sus derechos y deberes, siendo responsabilidad del Estado asegurarles la educación para contribuir a su bienestar y felicidad (Pita, R.,2015).
    "Con este decreto, las ciencias, las artes, la agricultura y la industria progresaran a medida que el hábito de la lectura, la escritura y la aritmética se hicieran más comunes".(Pita, R.,2015,p.4)
  • Ley del 2 de agosto de 1821.

    Ley del 2 de agosto de 1821.
    Siendo una prioridad el que todos los niños aprendieran los principios básicos del saber, los jueces debían formar un padrón
    de los niños de 6 a 12 años de edad, obligando a los padres que no se hubiesen decidido aún a remitir a sus hijos a la escuela cumplida la edad o de haberse constituido este centro. Los omisos incurrirían en una multa de 400 pesos que sería duplicada en 15 días si no atendía el requerimiento. Exceptuando vecinos pobres que viviesen distantes del pueblo (Pita, R.,2015).
  • Constitución de Cúcuta.

    Constitución de Cúcuta.
    En sus disposiciones referentes a la educación concede atribuciones especiales del Congreso de promover por leyes la educación pública, el progreso de la ciencias, las artes.
    También decretó el establecimiento de las escuelas públicas de niñas en los conventos religiosos. (Rincón, D.R.,2014).
  • Las reformas a instituciones secundarias.

    Las reformas a instituciones secundarias.
    Según Arango, D. E. S. (2005)." Las reformas que le otorgaban más privilegios académicos a los colegios de secundaria. Ahora bien, estas instituciones, en la provincia, habían caído bajo la influencia del clero y el Plan de Estudios científicos no se logró institucionalizar, por la falta de recursos económicos.
  • La Reforma de Mariano Ospina.

    La Reforma de Mariano Ospina.
    En Arango, D. E. S. (2005), se dice que "con esta Ley se reformó el Plan de Estudios que se venía aplicando desde 1826. Este Plan lo podemos caracterizar en primera instancia en: orientar la educación hacia (lo práctico y lo útil) con la inclusión de la enseñanza de las ciencias naturales".
    Además, en la reforma Ospina se refiere al hecho que abogando la libertad de enseñanza restituye la enseñanza religiosa y apoya a los jesuitas.
  • La libertad de enseñanza y la municipalización de la escuela primaria.

    La libertad de enseñanza y la municipalización de la escuela primaria.
    Medina, J. E. C., y Silva, A. L. C. (2016) afirman que "durante el gobierno liberal de José Hilario López (1849-1853) emprendió una serie de reformas que plasmaron el esfuerzo de los líderes políticos por insertar la naciente Republica en una verdadera democracia." Por ejemplo, la Ley de libertad de Enseñanza, el congreso autorizó por primera vez a todos los colegios provinciales o particulares el otorgamiento de grados académicos con el mismo valor de los conferidos en las universidades.
  • Consecuencia directa de una de las reformas de José Hilario López

    Consecuencia directa de una de las reformas de José Hilario López
    Al promover y fomentar la instrucción pública, progresan las ciencias y las artes. Por ende, hay enfrentamientos entre la iglesia y el estado por la libertad de enseñanza. (Rincón, D.R.,2014)
  • Ley 66

    Ley 66
    En el gobierno Tomas Cipriano de Mosquera se impulso la educación y se restableció el orden de algunos hechos causados por la Ley de enseñanza (Rincón, D.R., 2014). Se crea la ley 66 (La Universidad Nacional).
    Art.1: Autorizase al Poder Ejecutivo para pactar con el Gobierno de Cundinamarca y las municipalidades de Bogotá, con el objeto de obtener la organización de una Universidad en la capital con el nombre de "Universidad Nacional de los Estados Unidos de Colombia".
  • La Reforma Instrucionalista del Gobierno Radical de Eustorgio Salgar.

    La Reforma Instrucionalista del Gobierno Radical de Eustorgio Salgar.
    La reorganización del sistema educativo colombiano conocido
    como: La Reforma Instruccionalista, llevado a cabo, en buena parte, por una fracción política liberal conocida como los Radicales (Medina, J. E. C., y Silva, A. L. C.,2016), quienes propusieron hacer obligatoria, gratuita y a la vez religiosamente neutral, la educación primaria para niños y niñas bajo la pedagogía alemana en cada una de las escuelas normales.
    " Edad de aciertos y fracasos para la educación Colombiana."
  • Constitución de 1886.

    Constitución de 1886.
    Los autores Álvarez Gallego, A., y Martínez Boom, A. (1991), dicen que "La educación pública será organizada y dirigida en concordancia con la iglesia católica. La instrucción primaria costeada con fondos públicos será gratuita y no obligatoria (Art.41)".
  • La Reforma de Núñez.

    La Reforma de Núñez.
    La relación iglesia-estado mejoró, con lo cual se impulso a la educación con la llegada de numerosas comunidades religiosas. Entonces a muchas mujeres les fue permitido ir mas allá de escuela elemental.
    Recordemos que la preparación que recibían no les permitía obtener bachillerato académico, indispensable para el ingreso a la universidad (Rincón, D.R.,2014).
  • Reforma de 1893 o Plan Zerda

    Reforma de 1893 o Plan Zerda
    VEGA, L. A. V. (1893). Afirma que "con esta reforma se garantizaba que la Iglesia asumiría el papel de directora moral, política y pedagógica, mientras el estado se encargaría de la financiación, administración y control. Entonces, lo católico era el criterio de evaluación a maestros, funcionarios o alumnos, así como de los saberes que podían circular".
  • Ley 39

    Ley 39
    Medina, J. E. C., y Silva, A. L. C. (2016). Dicen que "La instrucción pública esta organizada y dirigida en concordancia con la religión católica".
    Además, la reforma divide la instrucción pública en primaria, secundaria, industrial y profesional. También menciona que la Escuela de Música y la de Bellas Artes que continuaran bajo dirección del gobierno (VEGA, L. A. V.,1893). Y hace énfasis en artículos sobre los archivos, bibliotecas, el observatorio astronómico y los museos.
  • Decreto 491

    Decreto 491
    En el decreto 491 del 3 de Junio , se evidencia un plan de estudio de carácter rígido y estático del saber, donde se especifican en varios capítulos, los contenidos que deben ser enseñados en las diferentes escuelas colombianas. También se presentan artículos en los que se reglamenta el pensum para las escuelas al respecto de las matemáticas. (Lorena, N., Correa, D. I. E. A., y Sabaneta, A., s.f.)
  • Acto legislativo número 3 "Reformatorio de la constitución naciona de 1886l".

    Acto legislativo número 3 "Reformatorio de la constitución naciona de 1886l".
    Según Álvarez Gallego, A., y Martínez Boom, A. (1991) , en el Art.54 Correspondiente a las Asambleas: se reglamento por medio de ordenanzas y de acuerdos con los preceptos constitucionales los establecimientos de instrucción primaria y secundaria y los de beneficencia, cuando fueren costeados con fondos del departamento (p.18).
  • La educación durante los primeros años de la República Liberal.

    La educación durante los primeros años de la República Liberal.
    Con respecto a la educación se presentaron avances en el papel del Estado para vigilar la calidad, y se establecieron políticas y eliminar las enormes diferencias entre la escuela urbana y la rural.
    Además, con el fin de elevar la capacitación de los docentes, La educación durante la República Liberal se fundó la Facultad de Educación adscrita a la Universidad Nacional de Colombia (Herrera, M. C.,1986).
  • Decreto 227.

    Decreto 227.
    Rincón, D.R. (2014), afirma que "en este decreto se otorgó a la mujer el acceso al bachillerato completo y a la universidad". Por ende, las mujeres ya podían capacitarse en áreas como odontología, veterinaria, ingeniería medicina, etc. A pesar de no ser bien recibida en algunas carreras por supuestamente "perder su feminidad."
  • Ley 68 .

    Ley 68 .
    El Consejo Académico propondrá al Consejo Directivo la creación y reglamentación departamentos universitarios responsables, con el objeto de centralizar y racionalizar en ellos la enseñanza universitaria y la investigación científica de cada rama (Herrera, M. C.,1986).
  • Consecuencias directas de la educación durante los primeros años de la República Liberal y del decreto 227.

    Consecuencias directas de la educación durante los primeros años de la República Liberal y del decreto 227.
    Uno de los avances más importantes del periodo según Herrera, M. C.(1986), fue "la inserción de la mujer en el sistema educativo, Al crearse la Facultad de Educación, en 1932, se inscribieron en ella algunas mujeres. Venciendo las resistencias y prejuicios de la época, su número creció lentamente y, en 1935, entre 127 alumnos había 14 mujeres".
  • Acto legislativo número 1 "Reformatorio de la constitución nacional y leyes de 1908".

    Acto legislativo número 1 "Reformatorio de la constitución nacional y leyes de 1908".
    El Art.14 dice: Se garantiza la libertad de enseñanza. El estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden de procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos. La enseñanza primaria será gratuita en las escuelas del Estado y obligatoria en el grado que señales la ley (Álvarez Gallego, A., y Martínez Boom, A.,1991).
  • Ley 32.

    Ley 32.
    Según Herrera, M. C. (1986), "Ningún establecimiento de educación primaria, secundaria o profesional, podrá negarse a admitir alumnos por motivos de nacimiento ilegítimo, diferencias sociales, raciales o religiosas".
    La educación privada estaba ejercida en su mayoría por comunidades religiosas, el Estado asumió como obligación ética y legal financiar la educación pública, y se propuso reestructurar la educación secundaria que, en palabras de López, “se había convertido en negocio apostólico”.
  • Decreto 2277.

    Decreto 2277.
    Bajo el gobierno de Julio Cesar Turbay, el decreto establece el régimen especial para regular las condiciones de ingreso, ejercicio, estabilidad, ascenso y retiro de las personas que desempeñan la profesión docente en los distintos niveles y modalidades que integran el Sistema Educativo Nacional, excepto el nivel superior que se regirá por normas (Herrera, M. C.,1986).
  • Decreto 2346.

    Decreto 2346.
    Según el Ministerio de Educación Nacional [MEN], (2015)."Por un año y como homenaje al 150 aniversario de la muerte del Libertador, el Gobierno Nacional y las autoridades locales, promovieron y adelantaron en todo el país la “Campaña de Alfabetización de Adultos Simón Bolívar”, puesta por el MEN".
    Se declaró como jornada cívica de divulgación de la Campaña el 8 de
    septiembre y fue organizada en todo el país por los Gobernadores, Comisarios y el Alcalde Mayor de Bogotá (MEN,2015).
  • Constitución de 1991

    Constitución de 1991
    La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; el Estado tiene obligaciones especiales como la erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales.
    La educación es gratuita y obligatoria de los 5 a 15 años y cubrirá mínimo 1 año de preescolar y 9 años de educación básica.
    El Estado debe asegurar la pertenencia de los educandos y velar por la calidad (De Colombia, C. P.,1991).
  • Proyecto de coeducación.

    Proyecto de coeducación.
    El proyecto fue organizado por el Ministerio de educación y salud, el instituto colombiano de Bienestar Familiar, la UNICEF y entes investigadores; Mediante talleres de sensibilidad se buscaba generar cambios en los docentes haciéndolos consientes de la discriminación de género en las escuelas (Rincón, D.R.,2014).
  • Ley 30.

    Ley 30.
    Esta ley organiza el servicio público de la educación superior, establece mecanismos de regulación, control y vigilancia dirigidos a garantizar la calidad del servicio, la la financiación del mismo y la autonomía universitaria (Rincón, D.R.,2014).
  • Debate sobre el proyecto "Ley general de educación".

    Debate sobre el proyecto  "Ley general de educación".
    El debate permitió identificar problemas estructurales en cuanto a administración, organización y gestión del sistema educativo, por ende problemas en la calidad de la educación; hubo denuncias de que la centralización no permitía la participación de comunidades locales y que los planes educativos de primaria estaban perdiendo su identidad. Rincón, D.R. (2014).
  • Ley General de Educación o Ley 115.

    Ley General de Educación  o Ley 115.
    MEN (2016) dice que esta ley "define la educación para adultos, establece los objetivos para cada nivel de educación formal. Autoriza la validación de conocimientos, experiencias, prácticas sin exigencia de haber cursado los grados de escolaridad, establece los programas semipresenciales y anuncia programas de educación no formal".
  • Ley 715.

    Ley 715.
    "Establece normas orgánicas en materia de recursos y competencias entre la nación y demás entes territoriales y las entidades territoriales" Rincón, D.R. (2014).
    "Profundiza en el proceso de descentralización ordenando a los municipios mayores de 100.000 habitantes el manejo de la educación, la asignación de los recursos de las entidades territoriales certificadas, y desarrolla aspectos que tienen que ver con cobertura, eficiencia y calidad" MEN (2016).
  • Resolución 144

    Resolución 144
    Con la consigna "Más días para aprender" instaurada en la resolución 144 del 30 de Enero, se buscaba respetar 40 semanas pedagógicas. Para ello, las secretarias de educación estructuraron y organizaron en el calendario académico Rincón, D.R. (2014): 40 semanas lectivas para la ejecución del plan de estudios. 4 semanas del calendario para planeación, desarrollo, evaluación institucional y actualización por parte de los docentes. 7 semanas de vacaciones al año para docentes.
  • Decreto 230.

    Decreto 230.
    Se crea el Decreto 230 en el que se enuncian los lineamientos curriculares de evaluación de estudiantes de colegios públicos y privados. MEN (2021).
  • Decreto 1278

    Decreto 1278
    El Decreto 1278, adopta una nueva política pública, que rige la profesión de los docentes al servicio del Estado en la educación primaria y secundaria. Este “Nuevo Estatuto”, funciona de manera simultánea con el estatuto anterior, el Decreto 2277 de 1979. Generando diferencias y clima de tensión , desigualdad y malestar entre “docentes nuevos” y “docentes antiguos”; las condiciones laborales son diferentes (ingresos, permanencia, ascenso, remuneración y dinámicas de evaluación docente).
  • Ley 749.

    Ley 749.
    Organiza la educación superior en las modalidades de educación técnica profesional y tecnológica por ciclos propedéuticos, se busca que los estudiantes ingresen de forma paralela a sus estudios al mercado ocupacional. La ley establece las reglas básicas que permitan la movilidad y transferencia de los estudiantes entre los diferentes ciclos. La ley facilita que un estudiante pueda pasar de la formación técnica a un pregrado (Rincón, D.R., 2014).
  • Decreto 408.

    Decreto 408.
    Asegurar el acceso, y la exención de costos académicos en las instituciones oficiales de educación y la permanencia de la población víctima con perspectiva de derechos. Establece que Las secretarías de educación deben gestionar recursos, y estrategias de permanencia, como, útiles escolares, transporte, uniformes, y ordena que en el Programa Nacional de Alfabetización priorizará población iletrada víctima con los modelos flexibles y ajustará los lineamientos de la política (MEN,2016,párr.5).
  • Ley 1448 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

    Ley 1448 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
    Instrumento para la atención educativa de personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de Derechos Humanos y víctimas de desplazamiento forzado, haciendo imperativa la aplicación del enfoque diferencial, obligando al Estado a resarcir los derechos a la educación y especiales garantías y medidas de protección con mujeres, jóvenes, niños y personas adultas (MEN,2016,párr.4).
  • Ley 1620.

    Ley 1620.
    Según MEN(2019) "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar."