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La normativa Colombiana que orienta los procesos de la educación inicial.

  • 19

    Siglo XIX

    Siglo XIX
    A finales del siglo XIX se inicia el funcionamiento de escuelas parvularias, kindergarten o jardines infantiles en los que se contaba con mobiliario acorde a las características de las niñas y los niños, así como con material didáctico variado, todo esto sintonizado con las ideas de Comenio, Decroly, Fröebel, Montessori y Agazzi.
  • 20

    Siglo XX

    Siglo XX
    Los primeros establecimientos educativos para la primera infancia se remontan a los inicios del siglo XX, cuando funcionaban aproximadamente treinta centros preescolares en el país, en su mayoría de carácter privado, por otra parte la oferta de la educación preescolar tiene un auge importante, mayor en el sector privado que en el oficial en el ámbito socioeconómico
  • La Escuelita Yerbabuena

     La Escuelita Yerbabuena
    Recibía niñas y niños menores de 6 años, realizando por primera vez actividades pedagógicas y recreativas con ellos, con la influencia del ideario de Froebel.
  • La historia de la educación de la primera infancia

    La historia de la educación de la primera infancia
    En Colombia hace referencia a la creación del Instituto Pedagógico Nacional en Bogotá (1927), dirigido por la Dra. Franzisca Radke colaboración Misión Alemana que estuvo en el país hasta 1936—creó una sección especial para preparar docentes de kindergarten.
  • En 1939

    En 1939
    La legislación, en 1939 se define la educación infantil de la siguiente manera: “Entiéndase por enseñanza infantil, aquella que recibe el niño entre los 5 y 7 años de edad.
  • Instituto de educación preescolar

     Instituto de educación preescolar
    “con el nombre de Instituto de Educación Preescolar”, el cual se constituye en antecedente del programa de Educación Infantil de la Universidad Pedagógica Nacional. Como dato interesante puede incluirse que en los años cuarenta egresan las primeras maestras de preescolar.
  • El decreto 1276 de 1962

    El decreto 1276 de 1962
    Reglamenta la creación y funcionamiento de seis Jardines Infantiles Nacionales Populares en las principales ciudades del país, adscritos al Ministerio de Educación Nacional, garantizando la educación preescolar con acción pedagógica, intelectual y afectiva de los niños y las niñas
  • Decreto 1710 de 1963

    Decreto 1710  de 1963
    Es en el decreto 1710 de 1963, artículo 9, que se expresa que: “el nivel de educación preescolar o infantil se considerará adscrito a la educación primaria, en cuanto a orientación y supervisión.
  • ICBF

    ICBF
    Se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) con el objetivo de “proveer la protección del niño y procurar la estabilidad y bienestar familiar”
  • Decreto 1576 de 1971

     Decreto 1576 de 1971
    Se crean otros 22 jardines infantiles nacionales, con lo cual se amplía la oferta tanto en las grandes ciudades como en las intermedias. Estos establecimientos debían cumplir tres funciones esenciales
  • En 1972

    En 1972
    En 1972 son una modalidad de atención orientada a niñas y a niños menores de 5 años de edad con el objetivo de brindarles atención en afecto, nutrición, salud, protección y desarrollo psicosocial.
  • Decreto 088

    Decreto 088
    Mediante el decreto 088, se reestructura el sistema educativo colombiano y se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional. En el artículo 4 se plantea la educación preescolar como el primer nivel educativo, lo que le da vida legal al sistema.
  • En 1977 y 1978

    En 1977 y 1978
    El currículo de la Educación Preescolar, comenzó a gestarse “cuando por primera vez se tomó conciencia sobre la necesidad de darle a esta modalidad unos lineamientos para regular, orientar y organizar la actividad educativa y pedagógica de un establecimiento preescolar”
  • Plan de estudios para todos los niveles

    Plan de estudios para todos los niveles
    En 1984 cuando el Ministerio de Educación Nacional construye un Plan de Estudios para todos los niveles, áreas y modalidades del sistema educativo.
  • ICBF

    ICBF
    El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se recogen las experiencias y aprendizajes de las modalidades institucionales y se proyecta la atención de las niñas y los niños en el marco de la modalidad comunitaria.
  • En 1987

    En 1987
    Se presenta el segundo documento de lineamientos de preescolar, en el que se plantean las áreas y los temas que estructuran el currículo, el cual estaba fundamentado tanto teórica como operativamente en lo relacionado con el trabajo pedagógico que se proponía para este nivel.
  • En 1988

    En 1988
    En 1988 el Ministerio de Educación Nacional reestructura la División de Educación Preescolar, creando el Grupo de Educación Inicial, orientado a desarrollar estrategias y programas con el fin de ofrecer a las niñas y a los niños mejores condiciones para su desarrollo integral.
  • Ley 12

    Ley 12
    La Constitución de 1991 y ratificada mediante la Ley 12 del mismo año, se constituye en un hito histórico que impulsa el reconocimiento de las niñas y los niños como sujetos de derechos, con lo cual se inaugura un periodo fértil de cambios que han contribuido a la formulación de la política de primera infancia
  • Ley General de Educación

    Ley General de Educación
    Establece como obligatorio un año de educación preescolar. Adicionalmente en el artículo 15 se define su sentido, indicando que se entiende como aquella educación orientada al desarrollo de la niña y el niño en los aspectos biológico, cognoscitivo, psicomotriz, socio afectivo y espiritual mediante experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
  • Indicadores de logros curriculares

    Indicadores de logros curriculares
    En 1996 se promulga la resolución 2343 en la que se establecen los indicadores de logros curriculares para los tres grados del nivel de preescolar. Se afirma que los indicadores de logros curriculares para estos grados se formulan desde las dimensiones del desarrollo humano.
  • Decreto 2247

    Decreto 2247
    En el decreto 2247 en 1997 se establecen normas referentes a la prestación del servicio de preescolar, al tiempo que permite la organización de este nivel de educación por parte del Ministerio de Educación Nacional. Este Decreto reconoce que, tanto para las instituciones oficiales como privadas, el preescolar es uno de los niveles de la educación formal, tal como lo plantea el artículo 11 de la Ley 115.
  • En el 2006

    En el 2006
    Como consecuencia de los trabajos realizados en el marco del Programa de Apoyo para la Construcción de la Política de Primera Infancia, se organiza el Segundo Foro Internacional: Movilización por la Primera Infancia, el cual se constituyó en la base para la expedición de la Política Pública Nacional de la Primera Infancia “Colombia por la primera infancia”
  • Derechos de los niños menores de 5 años

    Derechos de los niños menores de 5 años
    El 2009 fue un año fértil y varios sucesos impactaron en el camino de la construcción y delimitación del concepto de educación inicial. Por una parte, el Ministerio de Educación Nacional lanzó la Política Educativa para la Primera Infancia en el Marco de una Atención Integral.
  • Marco político del MEN educación inicial

    Marco político del MEN educación inicial
    En el marco de esta política el Ministerio de Educación Nacional ha planteado que la educación inicial busca potenciar de manera intencionada el desarrollo integral de las niñas y los niños, partiendo del reconocimiento de sus características y de las particularidades de los contextos en que viven.
  • En 2016 la educación inicial

    En 2016 la educación inicial
    Es un derecho de los niños menores de seis años (Ley 1804 de 2016, art. 5), que se ejerce mediante su acceso a este primer nivel educativo, enmarcado en la atención integral.
  • De 0 a siempre

    De 0 a siempre
    En el 2018 la Corte Constitucional se ha manifestado en la materia, diciendo que la educación inicial es un elemento esencial de la política de primera infancia “De Cero a Siempre”, cuyas modalidades (familiar e institucional) fueron definidas por la Comisión Intersectorial de Primera Infancia .
  • Cambios ley 277

    Cambios ley 277
    Después de haber expuesto los fundamentos normativos de la educación en Colombia; explicados los cambios que plantea el proyecto de ley 277 frente a la inclusión de la educación inicial en la educación formal; y argumentado la pertinencia de este proyecto, podemos concluir que las modificaciones propuestas en el proyecto de ley son convenientes de cara a mejorar el acceso al sistema educativo colombiano actual.