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- Castigaban los vicios rigurosamente.
- Utilizaban la ley de la muerte y la esclavitud.
- Usaban la amenaza y escarmiento como medio de prevención para no cometer un delito.
- Privilegiaban a la clase alta. Los principales delitos eran:
- Adulterio (era el más castigado)
- Homicidio
- Traición
- Religión (si alguien ofendía a los dioses era sacrificado)
- Estupro
- Deudas Civiles
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Esta etapa suele llamarse también "venganza de la sangre o época bárbara". La función represiva está en manos de los particulares.
Es antecedente de todas las instituciones jurídicas penales.
Venganza individual: Se manifestaba como una venganza, cada familia protegía a su grupo y hacia justicia por su propia mano.
Venganza Familiar: El castigo más representativo era la "Ley del Talión" (ojo por ojo, diente por diente).
Más tarde, la Composición económica sustituyó a la venganza privada. -
Características:
* Cero impunidad (incluso nobles)
* Sus penas eran crueles e inhumanas
Entre las que se encontraban:
- Esclavitud
- Mutilación
- Destierro (temporal o permanente)
- Destrucción de sus casas
- Ahorcamiento
- Ahogamiento
- Pedradas
- Palazos
- Degollamiento
- Desgarramiento de cuerpo. -
- Derecho evangelizador Formas de castigos:
- La horca
- Decapitación
- Hoguera Las ejecuciones se hacían según las conveniencias políticas y económicas del momento, se hacia en el nombre de la Corona y de Dios.
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¿Qué es una Escuela Penal?
-"El conjunto de doctrinas, cada una ellas ordenadas bajo un sistema y un método, que abarcan en su contenido concepciones distintas sobre el delito, el delincuente, y el fin de la pena". -"Dirección de pensamiento que tiene una determinada orientación, trabaja con un método peculiar y responde a unos determinados presupuestos filosóficos penales". (Sainz Cantero, José A., Lecciones de Derecho Penal, Parte General, Barcelona, España, Bosch, 1990, pagina 123) -
Esta etapa surge como reacción a la venganza intimidatoria.Los filósofos y humanistas con sus obras e ideas, influyeron para limitar el ejercicio del poder en el Derecho Penal; las penas deben
establecerse en las leyes, ser públicas, prontas y necesarias.
Se incrementaron los estudios para sistematizar al Derecho Penal, destacándose en particular dos corrientes:
a) La Escuela Clásica
b) La Escuela Positivista -
Esta función represiva se da en los pueblos teocráticos, es decir, lo divino es una proyección que es el eje fundamental de la constitución del mismo estado; los conceptos de derecho y religión se funden en uno solo, y así el delito, más que una ofensa a las personas o grupos, lo era a la divinidad
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- Surgen las primeras codificaciones en materia penal en nuestro país.
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A pesar de la institucionalización de las penas, las clases dominantes: nobleza y clero, las emplearon para someter a los dominados en una cruel represión y la máxima inhumanidad de las penas, como: la decapitación, ahorcamiento, hoguera, y torturas como; azotes, garrote, desmembramiento. Esta es la etapa más sangrienta, donde cualquier persona podía ser denunciada de manera anónima de una conducta considerada como ilícita o sacrílega.
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Es un acto de venganza, pero ejercida a través de un representante del poder público. Aquí simplemente se traslada la ejecución justiciera a alguien que represente los intereses de la comunidad, inicialmente, en su manifestación más primitiva organizarse el Estado se traspasó a órganos especiales (jueces y tribunales) el arreglo imparcial de las penas arrancándolo a los ofendidos y limitando su derecho a la venganza.
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En esta etapa se mantienen los principios de la Etapa Humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto al delincuente, se considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de la personalidad del sujeto (delincuente) y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porqué del crimen, saber cuál es el tratamiento adecuado, para readaptar al sujeto, y sobre todo, prevenir la posible comisión de nuevos delitos.
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Movimiento jurídico filosófico anteriores a las doctrinas que no se
adaptaron a las nuevas ideas, a los resiente sistemas. Su principal exponente es Francisco Carrara, profesor de derecho penal originario de Italia cuya obra principal es el “programa del curso del derecho criminal” las concepciones o tendencias de esta escuela son:
* Igualdad
* Libre albedrío
* Entidad delito
* Imputabilidad Moral
* Pena proporcional al delito
* Método deductivo y teleológico
* Delito (Siglo XIX) -
Fue consecuencia del auge por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo XIX, en materia penal es una negación radical de la clásica pues pretende cambiar el preparatorio implícito, suprimiendo su fundamentación objetiva al dar preponderante estimación a la personalidad del delincuente.
Los principales exponentes son los pensadores italianos Cesar Lombroso, Enrique Ferri y Rafael Garofalo -
Se apoya en el concepto de “acción” como punto de partida del delito.
Esta teoría la expone en su obra denominada “tratado de derecho penal”, recoge las ideas de las escuelas clásica y positivista, aplica el método naturalísitico, se avoca al estudio del código penal alemán de 1871, naciendo así la dogmática jurídico penal es decir, el conocimiento a través del dogma de la ley.
Su teoría va a recibir el nombre de causalista, la cual es el punto de arranque de la teoría del delito. -
Surge posteriormente a la escuela clásica y a la escuela positiva,
los principales percusores Alimena y Carnevale, retoman los siguientes postulados:
*Admite la negación del libre albedrío y concibe al delito como fenómeno individual y social.
*Distingue entre delincuentes imputables e imputables.
Principios básicos:
Imputabilidad: basada en la dirigibilidad de los actos del hombre.
La naturaleza de la pena: radica en la coacción psicológica;
La pena tiene como fin: la defensa social. -
Esta teoría es iniciada por Von Weber y Graf Zu Dohna.
La teoría de la acción final establece que la acción es precisamente eso: final. la finalidad o el carácter final de la acción se basa en que el hombre puede perder dentro de ciertos límites, las consecuencias de su actividad, proponerse por tanto fines diversos y dirigir su actividad conforme a su plan. -
Surge en el año de 1965, cuyos principales exponentes son Elpidio Ramírez Luna y Olga Islas de Mariscal.
El derecho penal se estructura con una categoría tricategorial; que en matemáticas sería un conjunto.
Donde cada uno debe de tener conceptos jurídicos fundamentales. -
Surge en el año de 1970, cuyos principales exponentes fueron Roxin y Jacobs; quienes se fundamentan en las formas de prevención de la comisión de los delitos.